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SCJN invalida cárcel por máquinas tragamonedas, tras caso poblano

  • Alberto Melchor
Una persona detenida en Puebla por esa falta promovió un juicio de amparo para apelar su detención
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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó las penas privativas de la libertad en casos relacionados con máquinas tragamonedas u otras violaciones a la Ley Federal de Juegos y Sorteos, esto luego de que una persona detenida en Puebla por esa falta promovió un juicio de amparo para apelar su detención.

Así lo aprobó la Primera Sala de la SCJN durante una votación donde tres de cinco ministros coincidieron en que la ley no es clara al pronunciarse sobre las actividades que están prohibidas dentro de la Ley Federal de Juegos y Sorteos que deban conducir a una sanción penal como es la cárcel.

Ante esta situación otorgaron el amparo promovido por Erick González Eulogio, detenido en Puebla en 2017 en posesión de máquinas tragamonedas y puesto a disposición de la Fiscalía General de la República al no contar con autorización de la Secretaría de Gobernación para su operación.

De acuerdo con lo resuelto por la Primera Sala, el artículo 12 de la Ley Federal de Juegos y Sorteos habla sobre una pena de tres meses y hasta tres años y multa de 510 mil pesos a administradores o encargados de loterías o sorteos que no cuenten con una autorización legal, sin embargo la legislatura no hace mención directa de las máquinas tragamonedas.

Asimismo señala que la Secretaría de Gobernación, como autoridad encargada de expedir los permisos que marca la Ley Federal de Juegos y Sorteos, carece de autoridad para imponer las multas de alcance penal, facultad que se encuentra asignada exclusivamente al Poder Legislativo.

Los efectos del amparo en cuestión solamente aplican para el promovente, que en este caso es Erick González Eulogio, no obstante la resolución de la Primera Sala de la SCJN puede tomarse como un precedente para futuros casos de esta índole.

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