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Nueva ley regulará gasto y los salarios de burócratas: Barbosa

  • Patricia Méndez
Será la Secretaría de Planeación y Finanzas quien vigile el gasto en sueldos y prestaciones del Congreso, el Poder Judicial y órganos autónomos de Puebla
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El gobernador Luis Miguel Barbosa Huerta consideró necesario que en Puebla se apruebe una Ley de Presupuesto y Gasto Público para que quienes usen el erario lo hagan apegados al presupuesto que aprueba el Congreso local, así como para regular el pago de salarios a los burócratas.

El mandatario indicó que la iniciativa ya opera en varios estados del país, incluido Puebla, pero que es necesario modificarla a fin de realizar un “ajuste” en el desempeño de las autoridades y para mejorar la distribución del gasto estatal que ahora es inequitativa.

La iniciativa de ley ya fue presentada por Barbosa ante el Poder Legislativo, y establece que sería la Secretaría de Planeación y Finanzas la que regularía el gasto en sueldos y prestaciones del Congreso, el Poder Judicial y todos los órganos autónomos de Puebla.

El gobernador abordó el tema en su conferencia de prensa de este martes, en la que señaló que la ley actual no se apega a la realidad que viven el país y el estado en materia financiera, por lo que es necesario hacer ajustes.

Dijo que es necesario que la legislación poblana brinde certeza a los ciudadanos sobre cómo las instancias públicas gastan el dinero de la entidad, lo que actualmente no ocurre.

“La ley es para darle más certeza a todos los poderes públicos, a las entidades, a las dependencias, la necesitamos para que haya más transparencia y más orden en el ejercicio del gasto”, señaló.

El mandatario indicó que los salarios que actualmente se pagan en el gobierno del estado son bajos, por lo que es necesario hacer ajustes, aunque no especificó si habría aumentos o disminuciones sino solamente homologaciones.

Condicionan gasto

La nueva ley impulsada por Barbosa Huerta prevé controlar los montos del capítulo 1000 del presupuesto denominado “Servicios Personales”, compuesto por los sueldos, primas vacacionales, aguinaldos, compensaciones, estímulos y aportaciones de seguridad social.

El artículo 44 de su iniciativa advierte: “el presupuesto asignado a los Ejecutores de Gasto en materia de servicios personales no podrá incrementarse durante el Ejercicio Fiscal de que se trate, salvo que la Secretaría (de Planeación y Finanzas) lo autorice en términos de lo previsto en la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios. La Secretaría, en coordinación con la Secretaría de Administración, contará con un sistema de registro y control de las erogaciones en materia de servicios personales”.

De acuerdo con el artículo 5 de la iniciativa, los “ejecutores del gasto” son los poderes Legislativo y Judicial, así como los órganos autónomos, las dependencias y entidades estatales.

Controlarán plazas

En el artículo 45 del proyecto de ley se prevé el control de las áreas, direcciones y departamentos de las secretarías de estado.

“Las Dependencias y Entidades deberán operar con la estructura orgánica y plantilla de personal autorizada, salvo las excepciones que previamente autorice la Secretaría”, señala.

Y en el artículo siguiente se indica la regulación de la contratación de personal de confianza y eventual.

“Las Dependencias y Entidades, para el ejercicio del presupuesto destinado a servicios personales, deberán: I. Apegarse a su Presupuesto de Egresos aprobado, a la política de gasto y a la normatividad vigente; II. Apegarse a la plantilla autorizada;

III. Abstenerse de determinar o contraer obligaciones presentes o futuras con cargo a su Presupuesto de Egresos aprobado, sin la autorización previa de la Secretaría. En los casos de modificaciones a su estructura orgánica, adicionalmente deberán contar con la autorización de la Secretaría de Administración; IV. Contar con la autorización de la Secretaría de Administración para realizar la contratación de personal, de acuerdo con la plantilla autorizada”.

También regularán reorientación

El mismo artículo 46 indica que para las dependencias de gobierno también estará prohibido hacer reducciones al capítulo 1000 para ocupar los recursos en otros rubros sin previa autorización de Planeación y Finanzas, pues señala que deberán:

“Abstenerse de realizar cualquier Adecuación Presupuestaria de otros capítulos de gasto al Capítulo 1000 Servicios Personales y de este hacia los demás capítulos, con excepción de las que autorice la Secretaría”.

La iniciativa de Barbosa Huerta será analizada antes de su aprobación, por la Comisión de Presupuesto y Crédito Público.

Para que estas medidas se apliquen a partir del próximo año, la nueva ley deberá avalarse en el Congreso local antes de que se apruebe el Presupuesto de Egresos del estado.

El control del gasto aplicaría para el Poder Legislativo, el Tribunal Superior de Justicia (TSJ), el Instituto Electoral del Estado (IEE), el Tribunal Electoral del Estado (TEEP) y la Fiscalía General del Estado (FGE).

También para la Auditoría Superior del Estado (ASE), el Tribunal de Justicia Administrativa (TJA) y el Instituto de Transparencia y Acceso a la Información Pública (Itaipue), todos ellos constitucionalmente autónomos.

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