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Controlará Barbosa gasto del Congreso, TSJ, IEE, FGE, ASE...
El gobernador Miguel Barbosa Huerta busca que la Secretaría de Planeación y Finanzas regule el gasto en sueldos y prestaciones del Congreso, el poder Judicial y todos los órganos autónomos de Puebla.
Con una nueva Ley de Presupuesto y Gasto Público el mandatario de Morena pretende poner un tope y condicionar ajustes al gasto en Servicios Personales.
El control del gasto aplicaría para el poder Legislativo, el Tribunal Superior de Justicia (TSJ), el Instituto Electoral del Estado (IEE), el Tribunal Electoral del Estado (TEEP) y la Fiscalía General del Estado (FGE).
También para la Auditoría Superior del Estado (ASE), el Tribunal de Justicia Administrativa (TJA) y el Instituto de Transparencia y Acceso a la Información Pública (Itaipue), todos ellos constitucionalmente autónomos.
Su iniciativa de ley prevé que ahora las secretarías de Planeación y Finanzas y la de Administración autoricen la contratación de personal, la creación de plazas o la apertura de áreas, unidades o departamentos en las dependencias gubernamentales.
Para ello, su proyecto enviado este martes al Congreso del estado prevé un capítulo específico denominado “de los Servicios Personales”.
Con él se prohibiría al Congreso, el Poder Judicial, las dependencias de gobierno y los órganos autónomos realizar cambios en este rubro sin autorización previa de la Secretaría de Planeación.
Condicionan gasto
La nueva ley impulsada por Barbosa Huerta prevé controlar los montos del capítulo 1000 del presupuesto denominado “Servicios Personales”, compuesto por los sueldos, primas vacacionales, aguinaldos, compensaciones, estímulos y aportaciones de seguridad social.
El artículo 44 de su iniciativa advierte: “el presupuesto asignado a los Ejecutores de Gasto en materia de servicios personales no podrá incrementarse durante el Ejercicio Fiscal de que se trate, salvo que la Secretaría (de Planeación y Finanzas) lo autorice en términos de lo previsto en la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios. La Secretaría, en coordinación con la Secretaría de Administración, contará con un sistema de registro y control de las erogaciones en materia de servicios personales”.
De acuerdo con el artículo 5 de la iniciativa, los “ejecutores del gasto” son los poderes Legislativo y Judicial, así como los órganos autónomos, las dependencias y entidades estatales.
Controlarán plazas
En el artículo 45 del proyecto de ley se contempla el control de las áreas, direcciones y departamentos de las secretarías de estado.
“Las Dependencias y Entidades deberán operar con la estructura orgánica y plantilla de personal autorizada, salvo las excepciones que previamente autorice la Secretaría”, señala.
Y en el artículo siguiente se indica la regulación de la contratación de personal de confianza y eventual.
“Las Dependencias y Entidades, para el ejercicio del presupuesto destinado a servicios personales, deberán: I. Apegarse a su Presupuesto de Egresos aprobado, a la política de gasto y a la normatividad vigente; II. Apegarse a la plantilla autorizada;
III. Abstenerse de determinar o contraer obligaciones presentes o futuras con cargo a su Presupuesto de Egresos aprobado, sin la autorización previa de la Secretaría. En los casos de modificaciones a su estructura orgánica, adicionalmente deberán contar con la autorización de la Secretaría de Administración; IV. Contar con la autorización de la Secretaría de Administración para realizar la contratación de personal, de acuerdo con la plantilla autorizada”.
También regularán reorientación
El mismo artículo 46 indica que para las dependencias de gobierno también estará prohibido hacer reducciones al capítulo 1000 para ocupar los recursos en otros rubros, o viceversa, sin previa autorización de Planeación y Finanzas, pues señala que deberán:
“Abstenerse de realizar cualquier Adecuación Presupuestaria de otros capítulos de gasto al Capítulo 1000 Servicios Personales y de este hacia los demás capítulos, con excepción de las que autorice la Secretaría”.
La iniciativa de Barbosa Huerta será analizada antes de su aprobación por la Comisión de Presupuesto y Crédito Público.
Para que estas medidas se apliquen a partir del próximo año, la nueva ley deberá avalarse en el Congreso local antes de que se apruebe el Presupuesto de Egresos del estado.
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