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Mira las multas de Profeco por no cumplir con nuevo etiquetado

  • Redacción
Los productos sin el nuevo etiquetado podrán permanecer en el mercado hasta el 30 de noviembre del año en curso.
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El nuevo etiquetado ya se puede ver en productos que se venden en México, esto con el fin de informar a los consumidores.

Según las nuevas normas de etiquetado, las marcas deberán de sumarse a estos nuevos lineamientos, en donde sus empaques, tendrán que mostrar una serie de advertencias sobre las cantidades de azúcar, grasa y sal que poseen.

Los productos sin el nuevo etiquetado podrán permanecer en el mercado hasta el 30 de noviembre del año en curso.

Se estima que acatar el cambio en el etiquetado involucraría a cerca de 800 mil productos, lo cual equivaldría a una inversión de más de 6 mil millones de pesos.

En un comunicado enviado a la Bolsa Mexicana de Valores (BMV), Coca-Cola Femsa señaló que está promoviendo un juicio de amparo en contra de la reforma a la NOM-051, misma que establece un nuevo etiquetado para los alimentos y bebidas no alcohólicas que son considerados altos en azúcar, grasas o sodio, informó Merca2.0.

La Profeco ya dio a conocer las multas a las que se harán acreedoras las empresas que no cumplan con la primera fase del etiquetado.

Las marcas que no sigan estos lineamientos podrían pagaran hasta 781 mil 920 pesos, previo a una inmovilización de los producto desde la bodega, según la nueva norma que entra en vigor a partir del primero de diciembre del año en curso.

En entrevista con MILENIO, el titular de la Profeco, Ricardo Sheffield Padilla, indicó que “de forma general, las sanciones en cuanto a información comercial en el etiquetado oscila entre 52 mil 128 pesos y 781 mil 920 pesos. Aquellas sanciones por información comercial que implique un engaño al consumidor oscilarán de 347 mil 520 pesos a un millón 303 mil 200 pesos, de conformidad con el artículo 155 de la Ley de la Infraestructura de la Calidad, en sus fracciones II y III”.

Las multas deberán ser pagadas por los fabricantes de alimentos y bebidas no alcohólicas consideradas en la nueva norma, mientras que en lo que respecta a los puntos de venta como supermercados y tiendas de conveniencia,  por ejemplo, se procederá a inmovilizar la mercancía en sus bodegas.

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