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Dan amparo a Karam, Marín y Kamel por el caso Lydia Cacho

  • Alberto Melchor
La Fiscalía General de la República deberá de tramitar una nueva orden de aprehensión en su contra
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El Segundo Tribunal Unitario del Vigésimo Séptimo Circuito concedió amparos al exgobernador Mario Marín Torres, al exdirector de la Policía Judicial de Puebla, Adolfo Karam Beltrán y al empresario Kamel Nacif Borge, aunque esto no impedirá su eventual detención.
Tras conocerse los resolutivos, la periodista Lydia Cacho Ribeiro explicó en sus redes sociales que el sentido del amparo fue para que se considere la ley local en el delito de tortura, pero ello no deja sin efecto la orden de aprehensión en contra de los exfuncionarios y el empresario.
"El amparo es solamente para que la magistrada cambie de tortura federal a ley de Quintana Roo. NO se eliminan las órdenes de aprehensión. El castigo será el mismo. No nos rendiremos hasta que todos estén en prisión y sentenciados. #NoMásPederastasNoMásCorrupción", se lee en un tuit de la periodista.

Según el registro del Consejo de la Judicatura Federal, en el acuerdo emitido el 11 de noviembre y publicado este martes, se resolvió el juicio 15/2019 de Adolfo Karam, 16/2019 de Mario Marín y el 40/2019 de Kamel Nacif, presentados entre el 22 de abril y el 11 de julio del presente año.

En la versión pública de los expedientes se puede constatar que además de que la Justicia de la Unión otorga la protección para efectos de la orden de aprehensión, también se sobreseyó el juicio para algunas de las dependencias mencionadas en el amparo.

El recurso de Mario Marín Torres y Adolfo Karam Beltrán se presentó el 22 de abril de 2019, apenas 11 días después de que el Primer Tribunal Unitario del Vigésimo Séptimo Circuito emitió la orden de aprehensión correspondiente, mientras que el del empresario Adolfo Karam Beltrán se presentó el 11 de julio de los corrientes.

Hay que señalar que este resolutivo no impide que sean detenidos Kamel Nacif, Mario Marín o Adolfo Karam, sin embargo en caso de que la Fiscalía General de la República no recurra a la apelación, lo único que deberá hacerse es subsanarse el error técnico y reformular la orden de aprehensión.

El delito de tortura no permite que los imputados puedan obtener alguna protección federal que impida su detención, sin embargo el referido juicio obliga a la Fiscalía General de la República a revisar el sustento de la orden de aprehensión emitida de forma inicial.

Dicho proceso penal existe en contra de los exfuncionarios estatales de Puebla y el empresario conocido como "El rey de la mezclilla", derivado de la tortura de la que fue objeto la periodista y escritora Lydia Cacho en diciembre de 2005, derivado de la publicación del libro "Los demonios del Edén" que revelaba una red de pederastia.

Foto: Archivo e-consulta

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