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Habría interinato en la CDH Puebla a la salida de Badillo
El primer visitador General de la Comisión de Derechos Humanos (CDH) de Puebla, Omar Siddhartha Martínez Báez, remplazaría de manera temporal al presidente Adolfo López Badillo cuando concluya su periodo mientras el Congreso del estado nombra nuevo titular.
Aunque el Poder Legislativo pretende designar a un encargado de despacho, esta figura no existe en la ley que rige a la CDH.
El artículo 9 señala que el ombudsman puede separarse del cargo si renuncia o es destituido por el Congreso local mediante juicio político por violaciones graves a la Constitución del estado.
En estos casos el titular será remplazado únicamente por el primer visitador, mientras que en las ausencias temporales o licencias, pueden rolarse quienes encabezan la primera y la segunda Visitadurías Generales.
“El presidente de la comisión podrá ser destituido, y en su caso, sujeto a responsabilidad, sólo por las causas y mediante los procedimientos establecidos por el título noveno, capítulo I de la Constitución Política del Estado. En ese supuesto o en el caso de renuncia, el presidente será sustituido interinamente por el primer visitador General hasta en tanto no se elija un nuevo presidente”, indica el citado artículo.
Y agrega: “durante las ausencias temporales o licencias del presidente de la comisión, su representación legal y funciones serán cubiertas por el visitador General que corresponda, atendiendo a su orden progresivo”.
Cuando López Badillo culmine su periodo de cinco años –el 31 de julio— se aplicaría el procedimiento como si hubiera renunciado, así que la responsabilidad recaería en Martínez Báez.
Lo anterior porque la ley no contempla la designación de un encargado de despacho ni los pasos a seguir ante la ausencia definitiva del presidente, que no sea por renuncia o destitución.
Van por nueva ley de la CDH
El Poder Legislativo no planea nombrar un presidente de la CDH inmediatamente después de la salida de López Badillo porque pretende abrogar la ley vigente de la comisión y remplazarla por otra.
La iniciativa con la nueva normativa apenas se presentó en el pleno el miércoles y no ha comenzado su análisis en comisiones.
Cuando se apruebe, se esperará a que entre en vigor y hasta entonces se elaborará y publicará la convocatoria para elegir a un nuevo presidente de la CDH.
El proyecto de ley que es impulsado por Estefanía Rodríguez Sandoval y Fernando Jara Vargas (de Morena), no prevé crear la figura de encargado de despacho y transcribe tal cual se encuentra el artículo noveno vigente, con la diferencia de que pasará a ser el artículo 13.
Exigirán experiencia
Lo que sí incluye la nueva normativa es que sea obligatorio que todos los aspirantes a presidir la CDH cuenten contrayectoria comprobable en la defensa de los derechos humanos.
Ya no sería suficiente contar con una licenciatura en Derecho para arribar a la comisión, como actualmente ocurre, con lo cual se cierra la puerta a que un exfuncionario o político ligado al gobernante en turno llegue al cargo.
De aprobarse la iniciativa como está, se obligaría al titular a rendir un informe de su trabajo al Congreso local antes de que concluya su encargo de cinco años.
Se cambiaría el término “queja” por “denuncia” y además se permitiría a los menores de edad reportar violaciones a los derechos humanos sin necesidad de un tutor o representante.
Currículo de Martínez Báez
Omar Siddhartha Martínez Báez ha fungido como primer visitador General desde el 2012, cuando López Badillo estaba en su primer periodo al frente del organismo.
De acuerdo con su currículo publicado en la página de internet de la comisión, de agosto 2003 a julio de 2011 fue visitador adjunto en la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).
Previamente impartió clases de Derecho constitucional y administrativo para licenciatura, en la Universidad del Valle de México (UVM), campus Nogales y en la Universidad de Sonora, así como en la Universidad Iberoamericana, campus Tijuana, para maestría.
De acuerdo con el artículo 20 de la ley vigente, algunas funciones del primer visitador General son: recibir, admitir o rechazar las quejas presentadas por los afectados; iniciar a petición de parte la investigación de las quejas e inconformidades que le sean presentadas y tramitar de oficio la investigación de presuntas violaciones a derechos humanos que refieran los medios de comunicación.
Asimismo, solicitar al Ministerio Público que se tomen las medidas necesarias para salvaguardar los derechos humanos de las víctimas de los delitos, cuando éstas o sus representantes legales no lo puedan hacer.
Foto: Agencia Enfoque