• Política

Impulsa PRI iniciativa para el matrimonio igualitario

  • María Pineda
La propuesta de Rocío García Olmedo considera que el matrimonio y el concubinato se debe reconocer como el contrato civil o unión entre dos personas
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Eliminar del Código Civil que el matrimonio y el concubinato sólo se estipule para un hombre y una mujer, es la propuesta con la que el PRI busca que se reconozca la unión entre personas del mismo sexo.

La iniciativa de reforma de Rocío García Olmedo modifica los artículos 294, 297, 298 en su fracción I, 300, 330, 333, 334, 403 y 478 del Código Civil, en los cuales se propone que la unión de dos personas se acreditará como matrimonio o concubinato.

En su exposición, la legisladora recordó que en agosto de 2017 la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) refirió que los artículos 294, 297 y 300 del Código Civil de Puebla violan el derecho de trato humano igualitario.

“El Código Civil del Estado de Puebla, hablan que para el matrimonio y concubinato se establece ambas figuras y que se constituyen por un solo hombre y una sola mujer, definición que resulta discriminatoria y que afecta a las personas con distintas orientaciones sexuales a las heterosexuales”.

Las preferencias sexuales no pueden ser motivo para la exclusión o discriminación, ni mucho menos para la afectación de la vida jurídica de una persona, recordemos que la función del estado es fundamental para la tutela de los derechos humanos, que son inherentes y sin distinción alguna de raza, sexo, nacionalidad, origen étnico, lengua, religión o cualquier otra condición”.

El cambio que García Olmedo propone respecto a la concepción del matrimonio debe entenderse como “el contrato civil, por el cual dos personas se unen en sociedad”, refiere la iniciativa al artículo 294 del Código Civil.

En cuanto al concubinato, la legisladora señala que: “es la unión de hecho entre dos personas, que estando en aptitud de contraer matrimonio entre sí, no lo han celebrado en los términos que la ley señala y hacen vida en común de manera notoria y permanente, situación que sólo podrá demostrarse si han procreado hijos o han vivido públicamente como cónyuges durante más de dos años continuos”.

Foto / Agencia Enfoque

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