• Política

Aspirantes a independientes impugnarán negativa de registro

  • Efraín Núñez
No definen si promueven la la impugnació annte Tribunal Electoral del Estado de Puebla o vía per saltum el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF)
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Aspirantes a candidatos independientes de TehuacánAtlixco y San Andrés Cholula preparan una impugnación ante la negativa del Instituto Electoral del Estado (IEE) de pasar el primer filtro para buscar las firmas de apoyo y conseguir la candidatura a ediles.

El principal argumento que utilizan los aspirantes de la agrupación Sumamos son las trabas burocráticas para conseguir la documentación requerida.

Enrique Cárdenas Sánchez, aspirante a candidato independiente a gobernador, informó que la plataforma Sumamos tiene nueve aspirantes a candidatos independientes a quienes el Instituto Electoral del Estado les entregó la constancia correspondiente.

Impugnación ante el TEEP

Los aspirantes aún no definen si  promueven la impugnación respectiva ante el Tribunal Electoral del Estado de Puebla o, vía per saltum, ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), lo que se determinará en las próximas horas.

Durante los últimos días de diciembre de 2017, Saraí Ramírez Alonso, integrante de Sumamos denunció que al realizar trámites ante el Sistema de Administración Tributaria (SAT) a una aspirante indígena no le reconocieron el domicilio de la organización civil que la respalda, una vez que la sede se ubica en un cerro de esta población enclavada en la Sierra, donde la aspirante tiene su domicilio. 

“Trajimos su constancia de vecindad. Como es una casa cuya calle no tiene nombre y tampoco hay número, no le vale eso”.

Los aspirantes argumentan obstáculos burocráticos, así como un tiempo corto para obtener la documentación correspondiente.

No obstante, entre quienes sí pasaron el primer filtro para obtener una candidatura se encuentra el exrector de la Udalp, Enrique Cárdenas, quien obtuvo un fallo a su favor en la impugnación presentada ante el TEPJF para la inaplicación del requisito de renuncia a la militancia partidista un año antes de la elección, y del criterio de territorialidad  para recabar las firmas de apoyo ciudadano.

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