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PAN viola datos personales de sus militantes, resuelve pleno de ITAIP
El Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales (ITAIP) resolvió el segundo caso en lo que va del año, de violación al tratamiento de datos personales.
El instituto falló a favor de militantes del Partido Acción Nacional (PAN) cuyo monto de deuda partidista y su nombre fueron exhibidos, por lo que exigió a ese partido modificar el documento público disociando los datos.
Así lo instruyó Carlos German Loeschmann Moreno al resolver el recurso de revisión 02/PDP-PAN-01/2017 y en voto del Pleno se reconocieron los agravios y se consideró fundada la queja de los panistas que actualmente ostentan cargos públicos en el Ayuntamiento de Puebla y exigió la rectificación de los datos en la lista de la que se deberá omitir los nombres de regidores o su monto de deuda, pero no publicando ambos datos y su relación.
El comisionado expuso que mediante escrito presentado el 14 de febrero de 2017 ante la directiva del PAN, de manera individual, cada uno de los afectados manifestó oposición respecto al tratamiento de sus datos personales del día 5 de octubre de 2016 cuando se exhibió en estrados físicos del Comité Directivo Municipal del PAN, un documento que contenía sus nombres, con una supuesta cantidad adeudada por concepto de cuota partidista, conceptos que solicitaron fueran retirados.
El PAN, el 10 de marzo de 2017, emitió resolución en la que negó lo solicitado, argumentando que no había existido un tratamiento inadecuado, ya que los recurrentes son servidores públicos y sus datos figuran tanto en la página del Ayuntamiento del Municipio de Puebla, como en el Padrón de Militantes.
Fue el 3 de abril de 2017, cuando los afectados presentaron entonces por escrito ante el ITAIP un recurso de revisión en contra de la resolución aludida, a través de la cual les fue negada la oposición al tratamiento de sus datos personales, uno de los derechos ARCO.
El partido político, al rendir informe con justificación, argumentó que la resolución emitida el 10 de marzo de 2017, se encontraba apegada a derecho y que la apreciación de los recurrentes resultaba errónea, al confundir la protección de datos personales a la que tiene derecho todo ciudadano, con la obligación de hacer públicos sus datos, patrimonio y percepciones como servidores públicos, en virtud de que sus nombres, cargos y percepciones obran en registros públicos consultables.
Sin embargo, al estudiar la queja, Loeschmann llegó a la conclusión que los agravios expuestos por los recurrentes eran fundados, pues los datos personales no debieron ser utilizados de la forma en que se hizo, ya que el patrimonio de las personas (activo y pasivo) es un dato confidencial, con independencia de que los hoy inconformes se desempeñen como servidores públicos.
Dado que esta resolución se hace con la Ley de Datos Personales vigente, esta acción de la directiva panista no tendrá sanciones.
La nueva ley de Datos Personales en Puebla, se tendrá que homologar el próximo 26 de julio con la legislación federal, que será la ley modelo.
Entre los puntos que se anexarán a la legislación poblana está el reglamento para el aviso de la privacidad de datos y se añade la figura de “conciliación” con el sujeto obligado que, en este caso, violó la disposición durante el proceso del recurso de revisión llevada a cabo en el ITAIP.