- Política
Revive Senado a Jorge Sánchez y a Adrián Rodríguez para el TEEP
Fernando Chevalier Ruanova, Jorge Sánchez Morales y Ricardo Adrián Rodríguez Perdomo fueron electos por el Senado como nuevos magistrados del Tribunal Electoral del Estado de Puebla.
Así lo dio a conocer la senadora panista Mariana Gómez del Campo a través de su cuenta de twitter este jueves.
Chevalier Ruanova fue electo por un periodo de tres años. En la pasada elección federal fue colaborador del candidato panista Mario Rincón González y su colaborador en la Secretaría de Gobernación del ayuntamiento de Puebla tras su derrota en el distrito de Tepeaca.
Antes laboró en la Secretaría de Desarrollo Rural, Sustentabilidad y Ordenamiento Territorial bajo la administración del mismo Rincón.
Jorge Sánchez fue electo por cinco años. Él se desempeñó como presidente del Instituto Electoral del Estado entre 2006 y 2012 y organizó la elección donde resultó ganador Rafael Moreno Valle como gobernador.
Adrián Rodríguez será magistrado por 7 años. Él es actualmente magistrado del mismo tribunal, cargo al que llegó a finales de 2012.
Junto con los magistrados de Puebla, fueron designados los funcionarios de Coahuila, Quintana Roo, Hidalgo, Tlaxcala y Veracruz.
Este jueves el presidente de la Mesa Directiva del Senado, Roberto Gil Zuarth, les tomó protesta a los nuevos titulares, aunque por Puebla solo Sánchez Morales se presentó a la ceremonia.
Fernando Chevalier Ruanova, por 3 años, y Ricardo Adrián Rodríguez Perdomo, por 7 años, rendirán protesta en la siguiente sesión, previa convocatoria de la Mesa Directiva.
La comisión integrada por los legisladores Blanca Alcalá Ruiz –de Puebla-, Marcela Torres Peimbert, Ernesto Gándara Camou, Jorge Aréchiga Ávila y Héctor Yunes Landa, se encargó de conducir a los magistrados para que rindieran protesta ante la Mesa Directiva del Senado, según se refirió en un comunicado.
“Con la elección de los magistrados electorales locales se cumple con asegurar el relevo escalonado en los órganos jurisdiccionales estatales en materia electoral, como lo establece el párrafo segundo del artículo 106 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales”, se indicó.