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Pide Senado al INAH detalles de demolición de capilla en Tlaxcala
Al tratarse de un caso que entraña un delito que se pena hasta con 11 años de prisión y representa la destrucción del patrimonio cultural y la propiedad de la nación, la senadora panista Marina Gómez del Campo Gurza solicitó la comparecencia de la directora del Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH) ante la cámara alta, para que explique los detalles de la demolición de la Capilla del Santo Cristo, en San Pablo del Monte, Tlaxcala, que databa de 1620.
En un punto de acuerdo, la legisladora del Partido Acción Nacional (PAN) expuso que la capilla estaba inscrita en el Registro Público de la Propiedad Federal, en custodia de la Diócesis de Tlaxcala, y se trataba de un inmueble propiedad del Estado, que estaba cedido temporalmente a la iglesia católica para ser utilizado en celebraciones religiosas.
Gómez del Campo señaló que el titular de la Parroquia, Juventino Rocha Lima –de acuerdo con la versión de la Conferencia del Episcopado Mexicano (CEM)– no fue consultado sobre la demolición de este monumento histórico.
Comentó que el INAH y el Consejo Nacional para la Cultura y las Artes (CNCA) presentaron una denuncia penal ante el Ministerio Público Federal en el estado de Tlaxcala, en cuya legislación está prevista que la destrucción de un monumento histórico es un acto penado con 11 años de prisión.
Precisó que la Subprocuraduría de Investigación de Delitos Federales de la Procuraduría General de la República atrajo el caso y será la encargada de continuar con las investigaciones para dar con los responsables.
En las consideraciones del punto de acuerdo, que se turnó a la Segunda Comisión, la senadora del PAN destacó que la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicas, Artísticos e Históricos establece que son propiedad de la nación los monumentos históricos muebles e inmuebles.
Gómez del Campo Gurza añadió que la ley también precisa que al que realice trabajos materiales de exploración arqueológica, por excavación, remoción o por cualquier otro medio, en monumentos arqueológicos inmuebles o en zonas de monumentos arqueológicos, sin la autorización del INAH, se le impondrá prisión de tres a diez años y de mil a tres mil días multa.
Asimismo, la senadora dijo que el ordenamiento puntualiza que aquel o aquellos que por cualquier medio dañen, alteren o destruyan un monumento arqueológico, artístico o histórico, se le impondrá prisión de tres a 10 años y multa hasta por el valor del daño causado.
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