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Corte ordena resolver amparos de burócratas contra ley ISSSTEP
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó a los tribunales colegiados de circuito resolver los amparos que burócratas presentaron en contra de la reforma al sistema de pensiones del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del estado de Puebla (ISSSTEP), avalada en el 2011.
Lo anterior, como consecuencia del acuerdo por el que se levanta el aplazamiento en el dictado de la resolución de los amparos en revisión en los que persista el problema de constitucionalidad de las modificaciones a la Ley del ISSSTEP.
El acuerdo mencionado fue aprobado el pasado 11 de agosto por la SCJN y publicado en la edición de este viernes del Diario Oficial de la Federación (DOF).
Cabe recordar que en enero pasado, el máximo tribunal judicial del país avaló la reforma que en el 2011 impulsó el gobierno del estado para incrementar en un 39 por ciento el monto de las cuotas que los burócratas deben aportar al ISSSTEP.
Previamente, 2 mil 780 trabajadores se ampararon en contra de la medida, pero por un acuerdo de aplazamiento de la SCNJ dictado en el 2012, la resolución de un porcentaje de esas demandas de amparo se aplazó.
Según se cita en el documento, a partir de este viernes los amparos que aún estén pendientes, deberán ser resueltos en los tribunales colegiados de circuito a los que la Corte los remita.
Aval a reforma no desconoce situación jurídica de quejosos
Asimismo, la SCJN señala que aunque avaló la reforma mencionada, ello no da lugar a desconocer la situación jurídica en la que previamente se encontraban las partes involucradas en los juicios.
En el decreto se especifica que los amparos deberán ser resueltos con base en las tesis jurisprudenciales emitidas por la Corte sobre la reforma a la Ley del ISSSTEP, las cuales indican que las cuotas que los trabajadores aportan no violan los lineamientos de la Organización Internacional del Trabajo.
Así como que las reformas a la ley referida son violatorias del artículo 123 de la Constitución Mexicana, referente a las garantías con los que cuentan los trabajadores.
Tesis jurisprudenciales que cita el documento
-Que las cuotas de seguridad social a cargo de los trabajadores, las previstas en los artículos 38 y sexto transitorio de la Ley del ISSSTEP, no violan el artículo 71 del convenio número 102 de la Organización Internacional del Trabajo.
-ISSTEP. El artículo segundo transitorio, fracción II, inciso A), del decreto por el que se reforma y adiciona la ley relativa, publicado en el Periódico Oficial de la entidad el 31 de diciembre de 2011, viola el Artículo 123, apartado b, fracción XI, inciso a), de la constitución política de los Estados Unidos Mexicanos.
Pensiones aumentaron 77% durante 2013
Con las adecuaciones aprobadas por los diputados locales el 8 de diciembre del 2011, los 56 mil 768 trabajadores que cotizan en el ISSSTEP pasaron de pagar 9.5 por ciento de sueldo básico mensual a 13 por ciento, para financiar sus pensiones y servicios médicos.
Las aportaciones de los trabajadores son del 6.5 por ciento para servicios médicos, 5.5 por ciento para el fondo para pensiones y jubilaciones, el restante 0.5 por ciento para préstamos y 0.5 para servicios de estancias infantiles.
La reforma practicada en diciembre de 2011 al sistema de pensiones del ISSSTEP, provocó un aumento del 77% en los recursos provenientes de las cuotas de los burócratas que ese organismo captó entre ese año y 2013, para ubicarse en mil 466 millones de pesos.
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