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Bancada de Morena busca que SCJN no pueda invalidar efectos de controversias

  • María Gutiérrez
Diputados de Morena buscan que con 4 de 11 votos se otorgue la constitucionalidad de una reforma
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Los representantes del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) en la Cámara de Diputados proponen que, con solo cuatro votos de los 11 ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), se otorgue la constitucionalidad de una reforma impugnada.

En un dictamen emitido por la Comisión de Justicia se detalla la iniciativa de modificar los artículos 42, 43 y 72 de la Ley Reglamentaria de las fracciones I y II del artículo 105 de la Constitución mexicana, en proyecto de los efectos que tienen las sentencias de acciones y controversias constitucionales.

“En aquellas controversias respecto de normas generales en que no se alcance la votación mencionada en el párrafo anterior, el Pleno de la SCJN declarará desestimadas dichas controversias y consecuentemente la validez de las normas impugnadas, contra las que no procederá juicio o recurso alguno. En estos casos no será aplicable lo dispuesto en el artículo siguiente” menciona el documento.

Además, apunta a que “las autoridades jurisdiccionales no podrán invocar las razones justificativas de sentencias no aprobadas para invalidar, anular o desaplicar actos o normas generales, ni para admitir demandas de amparo, juicio o recurso alguno”.

En tanto, menciona que las resoluciones de la Suprema Corte de Justicia únicamente podrán manifestar invalidez de las normas impugnadas, si éstas fueran aprobadas con por lo menos ocho votos.

“Si no se aprobaran por la mayoría indicada, el Tribunal Pleno desestimará la acción ejercitada, declarará la validez de las normas impugnadas, contra las que no procederá juicio o recurso alguno y ordenará el archivo del asunto”, señala el dictamen.

Asimismo, la iniciativa subraya que la supremacía jurisdiccional de la Corte debe ser entendida tanto en los momentos en que invalida una norma, como en los que no la invalida, ya que en ambas ocasiones existe una postura definida para tomar la decisión, que a su vez influye en las reformas.

“Permitir que un tribunal inferior a la SCJN haga caso omiso de sus sentencias, o interprete esas sentencias en su conjunto o alguna de sus consideraciones para justificar una declaratoria de inconstitucionalidad no asumida por la propia Suprema Corte, implica un desdén de la estructura y competencias de los tribunales judiciales federales, de su jerarquía y diseñados funcionales. Esto subvierte el orden constitucional”, menciona el texto. (JC)

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