- Medio Ambiente
Agua de Puebla será multada si no informa saneamiento del Atoyac y Alseseca
René Sánchez Galindo, integrante de la Colectiva x Bienestar Social, informó que el Juzgado Quinto de Distrito de Amparo en Materia Penal requirió formalmente a la empresa Agua de Puebla cumpla con la orden judicial para el saneamiento de los ríos Atoyac y Alseseca e informe sobre dichas actividades, de lo contrario será acreedora a una multa de 50 unidades de medida y actualización, es decir, de 5 mil 187 pesos.
En rueda de prensa, el activista expuso que la empresa Agua de Puebla tiene tres días para dar cumplimiento con la obligación legal, por lo que en los próximos días el colectivo espera recibir los reportes correspondientes y, en su caso, informar de ellos.
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La orden refiere “Por lo tanto, privilegiando el derecho en cuestión se ordena a las demandadas dentro del ámbito de sus atribuciones, realicen los actos necesarios para que se lleven a cabo el saneamiento correspondiente, a fin de evitar la contaminación o en su caso, la generación de un foco de infección que perjudique a la población en general y vulnere el derecho de que se trata, debiendo informar y acreditar ante este juzgado los actos realizados”, dice el juicio.
Sánchez Galindo explicó que la empresa por el momento no podría promover un amparo para lograr la suspensión, ya que no procedería, debido a que la orden se trata de interés público con la finalidad de evitar la contaminación y la generación de focos de infección.
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“La empresa sí se inconformo, pero no han promovido algún recurso porque esto es de interés público, porque lo que buscarían es que un juez federal de amparo le ordene a la juez federal de la acción colectiva que suspenda la orden, pero no se puede hacer esto porque la jueza ordenó por interés público ya que es un asunto de medio ambiente, hay incertidumbre y la jurisprudencia de la Suprema Corte ha sido muy clara que se tiene que privilegiar el derecho al medio ambiente y evitar la contaminación”, expuso.
Mencionó que las consecuencias para la concesionaria pueden derivar en multas por cada día que transcurra sin realizar actos de saneamiento. Es decir, que no dar cumplimiento se les impondrá una medida de apremio consistente en una multa equivalente a 50 unidades de medida y actualización, en términos del artículo 612, fracción I del Código Federal de Procedimientos Civiles, el cual asciende a 5 mil 187 pesos.
Recordó que Agua de Puebla está obligada a informar y acreditar ante el Juzgado Quinto el cumplimiento del saneamiento y de las medidas para evitar afectaciones al medio ambiente y a la salud.
Dijo que si Agua de Puebla no informa o no hace el saneamiento del Atoyac y Alseseca será la autoridad federal la que emitirá las sanciones correspondientes, y una vez que lleguen los informes y se evalúen, se podrían aplicar multas por no cumplir con la obligación legal.