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Es ilegal reinicio del Teleférico porque no hay permisos, asegura el INAH

  • Shanik David
Luis Maldonado reitera que el resolutivo del Juzgado Noveno de Distrito les permite el reinicio de los trabajos
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Es ilegal el reinicio de las obras del Teleférico por parte del gobierno del estado de Puebla, ya que el Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH) aún no emite los permisos para este proyecto, aseguró José Francisco Ortiz Pedraza, delegado del organismo federal en la entidad.

Por lo tanto, dado que los trabajos que se realizan en la zona del Centro Expositor “son un delito”, el INAH se encuentra en proceso de documentarlos para tomar las medidas correspondientes, que podrían ir desde la clausura hasta sanciones en contra de quien resulte responsable por la reactivación de los trabajos, puntualizó el funcionario.

De acuerdo con la Ley Federal de Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, las sanciones pueden ser multas, condenas en prisión o la demolición de las estructuras que hayan sido construidas sin permiso, en caso de que no haya posibilidad de regularizarlas, lo “que implica costos políticos y económicos”, apuntó Ortiz Pedraza.

Sin embargo, Luis Maldonado Venegas, secretario General de Gobierno, lamentó este martes que el INAH haya omitido en su comunicado el texto íntegro de la sentencia Federal del Juzgado Noveno de Distrito para justificar su dicho de que las obras del Teleférico deben seguir suspendidas.

El INAH se inconformará ante el Tribunal Colegiado

Mientras se toma esta determinación, el área jurídica de INAH presentará una inconformidad ante el Tribunal Colegiado ante la suspensión definitiva que ordenó el Juzgado Noveno de Distrito sobre el resolutivo que emitió el instituto en marzo pasado en contra de las obras del gobierno poblano.

En este resolutivo, estipulado en el oficio con folio 401-A311(724)-7(-01-0069), se indicó que el proyecto del Teleférico es inviable en los términos en los que fue presentado por la autoridad estatal.

Con la suspensión que el juez dio de manera provisional el viernes pasado, solamente se ganó que el resolutivo del INAH no entre en efecto, pero no implica que sea un sí automático para el desarrollo del Teleférico, explicó el delegado.

“El juicio no ha terminado, lo que ellos consideran un triunfo es una incidencia nada más, que lo único que autoriza es que las cosas se queden como están” y reiteró que esto no implica que se haya autorizado la obra, por lo que, destacó: “están en la ilegalidad total (las autoridades de Puebla), están cometiendo un delito al estar haciendo este tipo de obras”.

Hasta que no haya una resolución final en el juicio de amparo, las obras del Teleférico están suspendidas de acuerdo a lo que marca la ley. “No sé si por ignorancia o con dolo dan esta información, tampoco quiero calificar”, añadió.

Retomar obras frente a la delegación del INAH es una provocación

Ortiz Pedraza acusó que hay irregularidades en el proceso del juicio, pues “llama la atención” que si bien la audiencia fue el viernes, fue hasta el lunes que el juzgado hizo público su resolutivo. A pesar de esto, los trabajos se reiniciaron desde el sábado. “Es muy extraño que esto suceda tan rápido”, consideró el delegado.

Además, calificó como una provocación el que las autoridades estatales hayan iniciado los trabajos en la estación que se encuentra justamente enfrente de las instalaciones del INAH, en la zona del Centro Expositor.

Pese a esto, indicó que la delegación sí respeta la ley y que seguirá el juicio sin responder a estas incitaciones.

Delegado del INAH no ha sido recibido, señala

José Francisco Ortiz Pedraza llegó a la delegación del INAH a mediados de febrero de este año y, hasta la fecha, no ha sido recibido por el gobernador Rafael Moreno Valle, expuso.

El delegado narró que desde su llegada ha buscado acercamientos con el mandatario estatal, pero la secretaria particular del gobernador, María Mercedes Aguilar López, no le ha regresado las llamadas.

Si bien es obligación del director del Centro INAH Puebla trabajar de la mano con el gobierno del estado en acciones para la defensa del patrimonio histórico y cultural, no se han podido entablar las mesas de trabajo necesarias, lamentó Ortiz Pedraza.

Maldonado asegura que el INAH entregó información incompleta

Por su parte, Luis Maldonado, dijo que el INAH no difundió completa la sentencia del Juzgado Noveno de Distrito que textualmente dice: “… Por tanto, se concede la suspensión definitiva para efecto de que se mantengan las cosas en el estado que actualmente guardan, esto es, para que la parte quejosa continúe en el ejercicio de los derechos que le asistan a partir de la documentación que ha presentado ante la Delegación en el Estado de Puebla del Instituto Nacional de Antropología e Historia y no se ejecuten los efectos y consecuencias del acto reclamado… “

Explicó que el área jurídica del INAH sólo entregó un documento en el que se aceptaba la existencia del resolutivo contra el cual el gobierno del estado busca ampararse.

Esto, consideró Maldonado Venegas, fue una omisión, pues el organismo no presentó más pruebas como parte de su defensa, lo cual ayudó a que el gobierno del estado obtuviera la suspensión de la resolución del INAH.

“Estamos conforme a derecho”, puntualizó Maldonado Venegas al ser cuestionado sobre la situación legal de las obras del Teleférico, las cuales, de acuerdo con versiones del INAH, aún no tienen permiso para ser reactivadas.

“Las resoluciones judiciales no se negocian, se acatan”, apuntó el funcionario, al referir la orden del Juzgado Noveno de Distrito.

En este sentido, es importante recordar que la resolución del juez, la cual fue proporcionada por la propia SGG, indica puntualmente que la suspensión definitiva es para “que se mantengan las cosas en el estado que actualmente guardan; esto es, para que la parte quejosa continúe en el ejercicio de los derechos que le asistan a partir de la documentación que ha presentado ante la Delegación en el estado de Puebla del Instituto Nacional de Antropología e Historia y no se ejecuten los efectos y consecuencias del acto reclamado”.

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