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Aprueban diputados reformas a pensiones y tope a las Afores
Con 336 votos a favor, 124 en contra y tres abstenciones, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó reformas a las leyes del IMSS y del Sistema del Ahorro para el Retiro para aumentar el monto de las pensiones mínimas, aumentar gradualmente el monto de las aportaciones patronales, reducir el número de semanas cotizadas necesarias para pensionarse y poner tope a las comisiones de las Afores
El documento se turnó al Senado para su discusión y votación.
Legisladores del PRI, PAN y PRD propusieron en tribuna que se retirara o modificaran los topes en el cobro de comisiones en las Afores, pero fueron rechazadas sus reservas por la mayoría de la 4T, a pesar de que se advirtió que esta medida llevará a las Afores a ampararse, a impugnar y que van a ganar, por lo que pidieron escuchar las recomendaciones de la Comisión Federal de Competencia (Cofece).
La mayoría parlamentaria de Morena no aceptó una sola reserva o propuesta de modificación al dictamen de la Comisión de Hacienda de la iniciativa presidencial.
La presidenta de la Comisión de Hacienda, Patricia Terrazas, del PAN, y el secretario de la misma comisión, Carol Antonio Altamirano, expusieron que la reforma contiene cuatro grandes cambios:
Incremento gradual, a partir del 2023, de las aportaciones de los patrones de 5.1 al 13.7 por ciento. La aportación del Estado modifica su composición para beneficiar solo a los trabajadores de menores ingresos, sin incrementar su monto total.
Incremento en el monto de la pensión garantizada, que pasarán de 3 mil 289 pesos a 4 mil 445 pesos que se otorga a los trabajadores que cumpliendo con los requisitos para gozar de la prestación de cesantía y vejez no tienen los recursos suficientes en su cuenta individual para obtener una pensión mayor a dicho monto.
Disminución de las semanas de cotización de mil 250 semanas a mil, en forma gradual, con un requisito inicial de 750 semanas de cotización para obtener derechos.
Otro cambio que se propone es la reforma al artículo 193 del Seguro Social para que en caso de fallecimiento del trabajador o pensionado, los beneficiarios designados no tengan que acudir a una instancia jurisdiccional para ejercer sus derechos.
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