Mujeres en reclusión: algo más que privación de la libertad

  • Denisse Ortiz Pérez
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Las condiciones en las que viven las mujeres en los Centros Penitenciarios de la República Mexicana distan mucho de cumplir con una estancia y trato dignos, igualdad entre el varón y la mujer, integridad y seguridad personal, protección a la salud y legalidad y seguridad jurídica. La infraestructura, organización y funcionamiento de los establecimientos de reclusión han girado en torno a las necesidades de los hombres.

“La primera igualdad es la equidad”. Víctor Hugo.

Las mujeres reclusas son un número muy reducido frente al de los presos varones, representan el 4.57%, en total 10,204 mujeres privadas de su libertad(Comisión Nacional de Derechos Humanos por el Órgano Administrativo Desconcentrado de Prevención y Readaptación Social). De los 428 centros penitenciarios de la República Mexicana existen solo 10 centros exclusivos para mujeres, en los demás casos se acondiciona un área específica para albergar mujeres dentro de centros mixtos.

De los 219 centros penitenciarios que albergan a mujeres, en 136 (el 54%) no se proporciona una atención médica especializada detectando entre las irregularidades falta de personal principalmente ginecólogos, deficiencias en la aplicación de exámenes preventivos por lo que las enfermedades no son detectadas de manera oportuna, insuficiencia en medicamentos e irregularidades en la integración de expedientes clínicos.

Las instalaciones deberían ser acordes y funcionales pero el 40% no cumple con los estándares para garantizar una estancia digna y segura.

El 90% de las reclusas son madres de familia.

Existe un estimado de 874 menores de edad viviendo con sus madres en prisión para los cuales no existe ningún censo y por consiguiente ninguna atención de carácter médico, educativo y de alimentación. “Si el niño nace en el establecimiento no deberá constar este hecho en su partida de nacimiento” cita la ONU a manera de proteger la menor nacido en reclusión, los niños y niñas no están purgando una condena, el Centro Femenil de Rehabilitación Social en México proporciona a las madres internas a su cargo el servicio de una estancia infantil como prestación social para atender a sus hijos con programas de la SEP, el costo de mantenimiento de la institución infantil resulta exagerado sin embargo, los niños y niñas dentro de estos centros tienen necesidades especiales como cualquier otro; la ley de Educación Inicial se aplicará a todos y cada uno de los niños y niñas del Estado de Puebla que asistan a centros educativos.

Las mujeres indígenas en reclusión son 290 que pertenecen a 27 diferentes grupos étnicos del país: Náhuatl, Tzotzil, Mixteco, Otomí, Zapoteco, Maya, Tzeltal, Totonaca, Mazateco, Mazahua, Mixe, Tlapaneco, Chol, Chinanteco, Mayo, Purépecha, Huasteco, Amuzgo, Chantino, Cora, Huichol, Quiché, Zoque, Cakchiquel, Cuicateco, Matlatzinca y Tarahumara. El no hablar español y carecer de los servicios de intérpretes o traductores origina aislamiento.

Tenemos mucho qué hacer desde el lugar en el que nos encontremos, las mujeres en reclusión pagan una condena y lo tienen que hacer dignamente. Existen 56 indicadores que evalúan las condiciones de internamiento en los centros penitenciarios de acuerdo al Diagnóstico Nacional de Supervisión Penitenciaria ¿Cuántos de ellos cumplen?

Opinion para Interiores: