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No hay promoción personalizada de RMV en la revista Squire: TEPJF
La Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) avaló la promoción de la revista Squire que en una de sus portadas difundió la imagen del exgobernador Rafael Moreno Valle Rosas, al señalar que “no se acreditan actos anticipados de campaña y promoción personalizada”.
Este jueves la Sala Regional también desechó una impugnación presentada por Hilario Gallegos Gómez en contra del dirigente estatal del PAN, Jesús Giles Carmona, por pronunciarse a favor de Rafael Moreno Valle y su proyecto presidencial.
No es irregular la publicidad de la revista Squire
Respecto al procedimiento especial sancionador 2/2017 promovido por un particular por la promoción de Moreno Valle en la revista Squire, la magistrada ponente, Gabriela Villafuerte Coello, subrayó que tanto la revista como Televisa actuaron conforme a la “libertad de expresión”.
“La portada de la revista Squire no alude al proceso electoral 2017-2018 que aún no inicia, por lo que se propone la inexistencia de las faltas. La revista tiene libertad de diseño y de contenido. No hay ninguna intención de tipo electoral”.
Subrayó que tampoco existen elementos que evidencien una eventual compra de espacios publicitario en televisión por parte del ex gobernador.
“Es una publicidad de la revista. No es una promoción personalizada. La ley no prohíbe a los gobernantes formar parte de una fotografía elegida para ser parte de la portada de la revista. No vemos que Moreno Valle haya participado en el diseño de la revista”.
No ve el TEPJF violación a norma por parte de líder panista
Los magistrados desecharon además la impugnación 3/2016 al no identificar que Jesús Giles Carmona, líder estatal del PAN, haya incurrido en una promoción personalizada y actos anticipados de campaña a favor de Moreno Valle al pronunciarse a favor de su proyecto presidencial durante la asamblea de diciembre pasado en la que se eligieron consejeros nacionales y estatales.
Los magistrados determinaron que no hubo una difusión mediática de aquella asamblea, por lo que se pronunciaron por salvaguardar la vida interna de los partidos políticos.
“Las expresiones denunciadas no configuran una inobservancia a las reglamentaciones. Los partidos pueden reglamentar su vida interna. Las manifestaciones se deben proteger al amparo de la libertad de expresión”.
La magistrada, Gabriela Villafuerte sostuvo que no se advierte que haya actos anticipados de campaña y uso de recursos públicos a favor del exgobernador.
“Hablamos de un acto intrapartidista. Los militantes tienen la posibilidad de dar sus posicionamientos. No veo como pudiéramos nosotros entrar a analizar y hacer una verificación de lo que sucede en una asamblea en un partido político. Tenemos que proteger la vida interna de los partidos políticos”, destacó.
Por su parte, el magistrado presidente, Clicerio Coello Garcés, subrayó que el TEPJF no puede ir más allá de lo que la ley le permite.
“Son asuntos internos de los partidos. Según la Ley de Partidos Políticos los procesos deliberativos forman parte de sus asuntos internos”, expuso.