La responsabilidad política

  • Ricardo Velázquez Cruz
Responsabilidad personal y funcional. Gobernantes y gobernados. Necesario conocerla. Japón, un caso.

El diccionario de la Real Academia Española; define la responsabilidad como la cualidad de una persona que pone cuidado y atención en lo que hace o decide. Y política como orientación o directriz que rige la actuación de una persona en un asunto determinado. Entonces, podemos decir que la responsabilidad política es la cualidad de actuar con atención respecto de sus decisiones o asuntos. Es una característica de todo actor político, respecto de todo lo que ocurre en su área de poder directo, aunque no haya intervenido directamente en ello; sin embargo, también hay una gran responsabilidad integradora de todos y cada uno de los miembros del Estado.

La responsabilidad es un factor de vasta importancia en la toma de conciencia de todos y cada uno de los ciudadanos, desde la parte en la que nos toque actuar, ya sea como gobernados o gobernantes.

Hablando de los gobernantes, todo acto político implica una responsabilidad ubicada debajo de la cúspide del poder y arriba de las estructuras de ejecución. Sólo en casos muy graves afecta a la cúspide porque el sistema privilegia la estabilidad del mando supremo y descarga, en lo posible, la responsabilidad política sobre las primeras líneas de las jerarquías de administración. Su ejecución, en caso de error, se asume –o así debería ser- mediante la renuncia del cargo teniendo consecuencias sobre la carrera política posterior.

Dicha responsabilidad tiene dos caras, una intersubjetiva o personal que es la obligación del representante frente a sus electores y gobernados por sus actos como tal; y otra funcional en cuanto se supone que quien acepta postularse como representante está en condiciones de ofrecer un adecuado nivel de prestación, en términos de eficiencia y capacidad; es decir, una conducta responsable, confiada en último término a su ciencia y conciencia; conocimiento y responsabilidad siempre van de la mano.

Para la ciudadanía no están claras las consecuencias de que a alguna figura pública se le impute tenerla. Para los funcionarios que son elegidos mediante votaciones populares, trátese de cualquier nivel; la responsabilidad política de sus actuaciones se refleja, eventualmente, en su mayor o menor probabilidad de resultar aprobados, pero por desgracia no siempre sucede y además puede estar demasiado alejado en el tiempo de los hechos por los cuales son evaluados políticamente. Para los funcionarios no elegidos por votación; esta responsabilidad es aún más difusa, pues ellos pueden, sin más, ignorar hechos que pudieran atribuírseles, y continuar en sus cargos si sus superiores así lo estiman, lo que ocurre con gran facilidad y frecuencia, por simple solidaridad partidista o en algunos casos, por marcado contubernio de intereses.

El concepto se utiliza a menudo pero suele carecer de  contenido efectivo. En países como Japón, los funcionarios que sienten que su actuación ha perjudicado a sus conciudadanos o que ella ha afectado su honor, renuncian al cargo. Sin embargo, en países como el nuestro, donde no se han determinado ni los alcances ni el desarrollo democrático óptimo, los criterios se confunden, y confunden tanto a la ciudadanía como a los propios servidores públicos.

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Ricardo Velázquez Cruz

Es abogado notario y actuario egresado BUAP. Diplomado en Análisis Político Escuela Libre de Ciencias Políticas de Puebla. Especialidad en Derecho Agrario UNAM; Maestría en Derecho Constitucional y en Juicio de Amparo UAT.