Elecciones locales 2017: Derechos Humanos en las plataformas electorales

  • Eréndira Jiménez Montiel
La constitución política federal y los derechos humanos. Dignidad de la persona el fundamento. Diver

Nuestra Constitución Política Federal encierra en su Artículo Primero el reconocimiento de los Derechos Humanos que tienen base en la Igualdad y la No Discriminación, haciendo vértice en la Dignidad de la Persona Humana; conteniendo en el interior del triángulo los por lo menos cuatrocientos derechos reconocidos en todas sus clasificaciones y generaciones, exaltando además el reconocimiento de los signados mediante Convenios Internacionales. Huelga mencionar que en todos los casos, se parte de la explícita consideración de que tales derechos son inherentes al Ser Humano, es decir, le son esenciales y no admiten cortapisas.

Podría pensarse que bastaría con ello para que en forma diligente todas las organizaciones, las del Estado asi como las civiles y partidarias los tuvieran no sóo incorporados y precisados en sus normatividades, sino observados de manera estricta. Sin embargo, en la práctica cotidiana ello  no sucede ni en el âmbito público ni en el privado; ni en lo social ni en lo político. Se da el caso que hoy por hoy, los Derechos Humanos (formalmente consagrados y reconocidos) hay que reivindicarlos mediante litigios, ya que no son observados de primera instancia, y su observancia se regatea y dilata, lo que lleva a su necesaria reivindicación.

Ante ello, en tiempos electorales, es de la mayor importancia abordar el tratamiento que tales derechos tienen por parte de los actores y las instituciones involucrados. Debiera tenerse en cuenta que, por su trascendencia, el de los Derechos Humanos es un tema que debiera asumirse con responsabilidad y contundencia, sin escamotear su discusión ni evadir las implicaciones y responsabilidad de los actores frente a realidades sociales tan visibles como el Derecho al Acceso a la Justicia, Derechos Sexuales y Reproductivos, Derecho a la Verdad, Derechos de las niñas, niños y adolescentes entre otros.

Entre los más significativos y de mayor trascendencia social, los Derechos de la población homosexual y de cada una de sus entidades (LGBTTTI), han enfrentado una enorme reticencia para ser incorporados a las Plataformas Electorales y a las agendas públicas; el reconocimiento de derechos y libertades sociales encuentra gran dificultad no obstante una visibilización cada vez mayor. Es necesario, por parte de los partidos políticos y sus respectivos candidatos, replantear e insistir en la necesidad de tomar en consideración la estructuración de marcos jurídicos y políticas públicas que den respuesta a una problemática que por más que se pretenda evadir y ocultar, resulta evidente. Continuar negándonos a una apertura al respecto, conlleva retardar la oportunidad de transformaciones sociales que se vinculen entre sí con todos los Derechos.

Los Derechos Humanos no pueden esperar a ser incorporados a las Plataformas Electorales en función de su mayor o menor “Rentabilidad Política”, denotando y trasladando a los documentos programáticos de los partidos,  aquellos  prejuicios discriminatorios, excluyentes, intolerantes y homofóbicos propios de criterios subjetivos anclados en la ignorancia y el atavismo. La democracia supone insoslayablemente que seamos capaces de reflejar en las líneas programáticas de los respectivos partidos, la agenda que involucra demandas, intereses y derechos de grupos sociales específicos.

A tal efecto, las propuestas de la agenda Lésbico, Gay, Tránsgenero, Travesti, Transexual, Intersexual (si bien con ligeras variantes) suponen una realidad problemática y una tarea pospuesta en la respectiva circunstancia de cada uno de los estados donde habrán de celebrarse comicios locales en este 2017. Dicha agenda puede resumirse sumariamente en el Reconocimiento de Identidad Sexo-Genérica, Matrimonio Igualitario, Tipificación de Feminicidio y de Crimenes de Odio, no Discriminación y Acceso a la Salud.

No obstante, en una somera revisión de las respectivas plataformas electorales de los partidos que participan en las elecciones del próximo cuatro de junio, los temas de los Derechos Humanos de la comunidad LGBTTTI, están casi ausentes, o enunciados de manera estrictamente retórica, sin planteamiento alguno respecto a políticas públicas específicas y, en general, planteados con un apresuramiento y un desconocimiento que hace inviable su concreción.

Es necesario insistir en la importancia del reconocimiento  de Derechos Iguales para avanzar en la definición y perfeccionamiento de marcos jurídicos específicos y en la confección de políticas públicas coherentes y eficaces, que permitan la obtención para todas y todos de los beneficios que supone la convivencia social en un contexto de libertades, democracia, tolerancia e inclusión, entendiendo que si bien fisiológicamente los seres humanos son similares; emocionalmente no todos lo somos; y que son perfectamente legítimas y respetables las distintas formas de sentir e interpretar la vida. Ante ello, la sensibilidad y voluntad políticas son necesarias para garantizar un marco de derechos que permitan la convivencia incluyente y respetuosa que la democracia supone.

Opinion para Interiores: