Seguridad y Constitución

  • Eduardo García Anguiano

A casi un siglo de existencia, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos a debate para mejorar la seguridad pública.

Con 98 años de vigencia ¿qué decía sobre la seguridad la Constitución promulgada originalmente?

  • En el artículo 115 señalaba que: “Los Estados adoptarán, para su régimen interior, la forma de gobierno republicano, representativo, popular, teniendo como base de su división territorial, y de su organización política y administrativa, el Municipio Libre,…”
  • La fracción III de dicho artículo estipulaba: “Los Municipios serán investidos de personalidad jurídica para todos los efectos legales. El Ejecutivo Federal y los Gobernadores de los Estados tendrán el mando de la fuerza pública en los Municipios donde residieren habitual o transitoriamente…” http://www.juridicas.unam.mx/infjur/leg/conshist/pdf/1917.pdf

Por lo que la seguridad pública en ese entonces estaba reservada a las entidades federativas y en el caso del Distrito Federal, le correspondía al Presidente de la República y así fue durante mucho tiempo.

Actualmente el artículo 21 al estipula que: “La seguridad pública es una función a cargo de la Federación, el Distrito Federal, los Estados y los Municipios, que comprende la prevención de los delitos; la investigación y persecución para hacerla efectiva, así como la sanción de las infracciones administrativas, en los términos de la ley, en las respectivas competencias que esta Constitución señala.” El artículo 115, por su parte, hace mención a la seguridad como una de las funciones municipales.

A la luz de los años, la seguridad pública pasó de ser una potestad de las entidades federadas, a una función conjunta entre los tres órdenes de gobierno.

Ahora que se discute la propuesta presidencial para reformar la seguridad pública en México, si vemos sólo en los aspectos constitucionales, los escenarios versarán entre un modelo federalizado con múltiples capacidades locales como el actual, o uno federalizado nada más que sólo con capacidades en las autoridades estatales y nacionales ¿tienen viabilidad modelos intermedios?

Decía Sun Tzu: “Maniobrar con un ejército es ventajoso. Maniobrar con una multitud indisciplinada, es peligroso”.

 

Eduardo García Anguiano

                                                                                                                                                                       @EGAnguiano

5 de febrero de 2015

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Eduardo García Anguiano

Sociólogo y maestro en Administración Pública. Ha laborado en el gobierno federal y gobiernos locales en áreas de seguridad y gobierno. Ha sido profesor en la Universidad de las Américas Puebla, el IMIDECIP y el INAP. Escribe la columna Operación Seguridad.