- Sociedad
Jubilados del IMSS e ISSSTE, atentos al cobro de ISR este 2025
Jubilados del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) deben prestar atención al monto que reciben cada mes como pensión. Si el ingreso mensual supera un umbral establecido por la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR), el Servicio de Administración Tributaria (SAT) puede retener el impuesto correspondiente.
La Ley del ISR establece que únicamente los pensionados que perciben más de 15 Unidades de Medida y Actualización (UMAs) mensuales están sujetos a dicha retención. El valor vigente de la UMA mensual es de 3,439.46 pesos, por lo que el límite exento equivale a 51,591.90 pesos al mes.
Quienes reciban una pensión igual o inferior a esa cantidad no deben pagar ISR sobre su pensión. Sin embargo, si los ingresos exceden ese monto, el SAT retiene el impuesto solo sobre el excedente y no sobre la totalidad de la pensión.
Por ejemplo, si un jubilado del IMSS o ISSSTE recibe 52,500 pesos mensuales, el SAT aplica la retención únicamente sobre 908.10 pesos, que es la diferencia entre la pensión y el tope de 15 UMAs.
La fracción IV del artículo 93 de la Ley del ISR precisa que este impuesto se calcula únicamente sobre el excedente, no sobre el total del ingreso, lo que protege la pensión base. De esta forma, los jubilados mantienen el beneficio fiscal hasta el límite permitido por ley.
El SAT aclara en su portal oficial que la retención del ISR aplica en diferentes casos, no solo para jubilados. Entre los conceptos gravados se incluyen salarios, honorarios, arrendamientos, intereses, dividendos, premios, actividades artísticas o deportivas, venta de bienes inmuebles, servicios técnicos o publicitarios, y remanentes distribuidos por personas morales.
Para evitar problemas, el SAT recomienda a los pensionados consultar su situación fiscal y revisar periódicamente sus recibos de pensión. Usar las plataformas oficiales puede ayudar a verificar si sus ingresos están sujetos a retención. Así, se previenen saldos pendientes o recargos que puedan afectar sus finanzas personales. (LV)
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