- Sociedad
¿Te deben de pagar doble o triple el 5 de mayo?, esto dice la Ley
Este lunes 5 de mayo, conmemoración de la Batalla de Puebla de 1862, muchos trabajadores en México se preguntan si deben recibir pago doble o triple al laborar en esta fecha. Sin embargo, de acuerdo con el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), esta efeméride no forma parte de los días de descanso obligatorio, por lo tanto, no hay derecho legal a una compensación económica adicional.
La ley establece claramente cuáles son los días feriados oficiales. Entre ellos se encuentran el 1 de enero, el 1 de mayo, el 16 de septiembre, el 25 de diciembre y fechas específicas como el tercer lunes de marzo o el primer lunes de febrero, entre otros. El 5 de mayo no figura en esta lista, por lo que no aplica el esquema de pago extraordinario para quienes laboran.
En estados como Puebla, algunas dependencias públicas y centros educativos optan por suspender actividades debido a la relevancia histórica local de esta fecha. Sin embargo, esta decisión obedece a usos y costumbres o acuerdos institucionales, no a un mandato federal. Las empresas privadas pueden operar con normalidad si así lo indican sus políticas internas.
Cuando un trabajador labora en un día de descanso obligatorio, la LFT indica que debe recibir su salario diario más el doble, es decir, un total equivalente a triple sueldo. Esta disposición no aplica el 5 de mayo, salvo que la empresa ofrezca un bono o descanso compensatorio por decisión propia.
Para quienes consideren que sus derechos laborales han sido vulnerados, la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) proporciona asesoría y representación legal gratuita. Los canales de contacto son el número 800 717 2942 y la página oficial de la institución.
El 5 de mayo puede seguirse considerando una fecha significativa en términos históricos y culturales, pero en materia laboral no representa una obligación de pago adicional. Los empleados deben consultar directamente con sus empleadores si existen disposiciones internas que beneficien su jornada en este día.
Así, mientras algunos trabajadores disfrutan de un día libre, otros deberán cumplir con su jornada habitual sin una remuneración extra, en cumplimiento con lo estipulado en la legislación laboral vigente. (LV)
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