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CFE insiste en buscar energía geotérmica en Chignahuapan

  • Anaid Piñas
La perforación y construcción del pozo exploratorio EAC-4 se haría en una superficie de 5 mil metros cuadrados
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A pesar de que un proyecto similar fue cancelado en julio de 2022, al carecer de estudios de impacto ambiental, la Comisión Federal de Electricidad (CFE) insiste en construir un pozo en Chignahuapan para buscar energía geotérmica en Puebla.

Para reactivar los trabajos en la zona, la empresa reingresó los permisos de operación ante la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), de acuerdo con la Gaceta Ecológica DGIRA/0033/24.

El documento señala que la CFE ingresó el proyecto el 9 de julio, el cual quedó identificado con el folio 21PU2024E0043, con el que pretende perforar un pozo exploratorio en el área geotérmica de Acoculco, en el municipio de Chignahuapan.

La solicitud también indica que la excavación del pozo EAC-4 necesita en una superficie de 5 mil metros cuadrados y se hará con la intención de evaluar las condiciones geológicas, térmicas y factibilidad del área.

Además, asegura que todos los trabajos se han realizado bajo la Norma Oficial Mexicana NOM-150-SEMARNAT-2017, que establece las especificaciones técnicas de protección ambiental que deben observarse en las actividades de construcción y evaluación preliminar de estos pozos.

Será la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental (DGIRA) quien evalúe el procedimiento administrativo correspondiente y determine si es viable que la CFE realice dicha perforación sin causar algún desequilibrio ambiental.

En julio de 2022, la Semarnat canceló la construcción del pozo exploratorio EAC-3 en el área geotérmica Acoculco, con la que también pretendían buscar energía geotérmica. Este se haría a 15 kilómetros al noroeste de la cabecera municipal y necesitaba una superficie de 5 mil 879.37 metros cuadrados.

La determinación se dio por “no demostrar que se ajusta a lo señalado en la fracción I del artículo 31 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente ni cumple con lo establecido en el campo de aplicación de la Norma Oficial Mexicana NOM-150-SEMARNAT-2017”. (MIG)

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