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A partir de enero se aplicará prueba en simulador para obtener licencia de conducir
A partir de enero de 2025 entrará en vigor la aplicación de un examen teórico y práctico con simuladores para obtener la licencia de conducir en Puebla.
Lo anterior quedó establecido en un decreto publicado en el Periódico Oficial del Estado (POE) donde se reforma, adiciona y derogan diversas disposiciones del Reglamento de la Ley de Transporte del Estado de Puebla.
El artículo 276 establece que se debe acreditar, en su caso, el examen práctico de habilidades necesarias mediante simuladores de conducción o por los medios que determine la Secretaría de Movilidad y Transporte.
Harán examen práctico y teórico para licencias de conducir
En el documento también se asienta que para la tramitación de licencias se realizarán exámenes prácticos y teóricos a trabajadores del servicio público de transporte, los servicios de transporte mercantil, servicios auxiliares de arrastre, arrastre y salvamento y el servicio ejecutivo.
Se señala que la secretaría definirá los contenidos, temas y metodologías para los exámenes teórico y práctico en función de cada tipo y modalidad de licencia de conducir; los exámenes prácticos serán aplicados por la secretaría o por terceros autorizados por la misma, mediante simuladores de conducción o por los medios que determine la secretaría.
También deberán acreditar haber sido capacitadas en los términos que la secretaría determine y certificadas por la entidad autorizada; además, deberán contar con el examen toxicológico y psicométrico, que tendrá vigencia de un año.
“Reglamento de la Ley de Transporte del Estado de Puebla en materia de aplicación del examen teórico y práctico de habilidades necesarias, relativo al tipo y modalidad de licencia de conducir mediante simuladores de conducción, el presente decreto entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2025 y se estará al presupuesto autorizado para el ejercicio fiscal correspondiente”, dice el decreto.
Establecen criterios para formalizar queja por abusos de grúas
Asimismo, se establecieron las medidas para realizar quejas en contra de los permisionarios o concesionarios de servicios auxiliares de arrastre, arrastre y salvamento, y depósito de vehículos, éstas se podrán presentar cuando la persona permisionaria o concesionaria:
- Cobre de forma excesiva o con base en una tarifa distinta a la establecida en el tabulador
- No entregue la memoria descriptiva
- Ocasione daños al vehículo al realizar las maniobras de arrastre, de arrastre y salvamento o de depósito
- Preste el servicio de manera distinta a la autorizada o realice maniobras sobre el vehículo sin autorización de la persona usuaria o interesada
- Realice la entrega del vehículo objeto del servicio con faltantes
- Se niegue a recibir el pago del servicio prestado
- Realice el servicio de arrastre, arrastre y salvamento o lleve vehículos al depósito sin previa autorización de la persona usuaria
- Retenga el vehículo sin causa justificada (MCJ)