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Aprueban en Congreso reducir plazos de entrega de informes de la ASE

  • Ricardo Juárez
El lapso de presentación pasó de 5 meses, con prórroga, a solamente 30 días
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Tras una modificación a la Ley de Rendición de Cuentas y Fiscalización Superior por los legisladores del Congreso de Puebla, el tiempo que la Auditoría Superior del Estado de Puebla (ASE) tendrá para presentar sus informes de sujetos obligados pasó a solamente 30 días.

La ASE deberá a intensificar su labor con la reducción del plazo, ya que tras la reforma el tiempo de entrega con prórroga, que era de hasta 5 meses, se redujo a sólo uno; deberán presentarlo el 30 de mayo del año en que se realice.

En sesión ordinaria del Pleno este 7 de junio, con 27 votos a favor, cero en contra y cuatro abstenciones, los diputados del aprobaron el dictamen para reformar el Artículo 114 Bis de la Ley referida.

La diputada de Morena, Iliana Jocelyn Olivares López, expuso que esta reforma busca alinear dicho Artículo con el contenido de la Ley, que se modificó el 11 de febrero de 2023.

"Este artículo establece que la comisión entregará su informe directamente a la Auditoría con observaciones y recomendaciones derivadas de sus funciones de control, vigilancia y evaluación del desempeño (…) al fijar un plazo para su entrega, establece que debe ser a más tardar el 30 de mayo del año en que se presente el informe general", explicó.

Señaló que en la actualidad los informes del año 2022, cuyos recursos fueron aprobados en 2023, están siendo obtenidos hasta 2024, ya que tienen la posibilidad de una prórroga de hasta cinco meses para la entrega de los informes individuales.

Actualmente la ASE presenta los informes de los sujetos obligados y cuenta con la prórroga referida para la entrega del informe individual, por lo que se produjeron retrasos en la revisión de los informes, lo que generó un desfase de hasta un año entre los informes generales presentados y los individuales.

Con esta reforma se buscó reducir la prórroga de cinco meses que tiene la ASE para entregar estos informes a sólo 30 días hábiles, posteriores a la fecha en que se presenta el informe general. (JRLM)

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