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CPI solicita órdenes de arresto contra Netanyahu y líderes de Israel y Hamás
Karim Ahmad Khan, fiscal jefe de la Corte Penal internacional (CPI), dio a conocer la mañana de este 20 de mayo la emisión de ordenes de aprehensión contra Benjamin Netanyahu, Primer Ministro de Israel, y Yoav Gallant, ministro de defensa del estado sionista, además de líderes del Movimiento de Resistencia Islámica, Hamas, por crímenes de guerra y crímenes de lesa humanidad cometidos en Palestina.
Por parte de Hamás, los solicitados por el fiscal Ahmad Khan son: Yahya Sinwar, jefe del Movimiento de Resistencia Islámica en la Franja de Gaza; Mohammed Diab Ibrahim Al-Masri, comandante en jefe del ala militar de Hamás, conocida como Brigadas Al -Qassam; e Ismail Haniyeh, jefe del buró político de Hamás.
#ÚLTIMAHORA | Corte Penal Internacional solicita orden de arresto inmediato contra el primer ministro de Israel, Benjamín Netanyahu, por crímenes de guerra. pic.twitter.com/HUaFcwOHmt
— Periódico e-consulta (@e_consulta) May 20, 2024
#ICC Prosecutor @KarimKhanQC announces applications for arrest warrants in relation to Benjamin Netanyahu and Yoav Gallant in the context of the situation in the State of #Palestine https://t.co/WqDZecXFZq pic.twitter.com/bxqLWc5M6u
— Int'l Criminal Court (@IntlCrimCourt) May 20, 2024
En un comunicado expedido en la página oficial del fiscal internacional, se lee “hoy presento solicitudes de órdenes de arresto ante la Sala de Cuestiones Preliminares I de la Corte Penal Internacional en la situación en el Estado de Palestina”.
“Las solicitudes de hoy son el resultado de una investigación independiente e imparcial realizada por mi Oficina. Guiada por nuestra obligación de investigar por igual las pruebas incriminatorias y exonerantes, mi Oficina ha trabajado arduamente para separar las reclamaciones de los hechos y presentar con seriedad conclusiones basadas en pruebas a la Sala de Cuestiones Preliminares”, se lee en el documento.
De acuerdo con las investigaciones llevadas a cabo por la oficina de Karim Ahmad Khan, el fiscal concluyó que Netanyahu y Gallant, tienen responsabilidad por los siguientes crímenes, cometidos a partir del 8 de octubre de 2023.
- Hacer morir de hambre a civiles como método de guerra como crimen de guerra contrario al artículo 8(2)(b)(xxv) del Estatuto.
- Causar intencionalmente grandes sufrimientos o daños graves a la integridad física o la salud en contravención del artículo 8(2)(a)(iii), o trato cruel como crimen de guerra en contravención del artículo 8(2)(c)(i).
- Homicidio intencional en contravención del artículo 8(2)(a)(i), o Asesinato como crimen de guerra en contravención del artículo 8(2)(c)(i)-
- Dirigir intencionalmente ataques contra una población civil como crimen de guerra en contravención de los artículos 8(2)(b)(i) o 8(2)(e)(i).
- El exterminio y/o asesinato en contravención de los artículos 7(1)(b) y 7(1)(a), incluso en el contexto de muertes causadas por inanición, como crimen de lesa humanidad.
- La persecución como crimen de lesa humanidad contrario al artículo 7(1)(h).
- Otros actos inhumanos como crímenes de lesa humanidad contrarios al artículo 7(1)(k).
Sobre los líderes del Movimiento de Resistencia Islámica, se señalan los siguientes crímenes cometidos a partir del 7 de octubre del año pasado.
- El exterminio como crimen de lesa humanidad, contrario al artículo 7(1)(b) del Estatuto de Roma.
- Asesinato como crimen de lesa humanidad, contrario al artículo 7(1)(a), y como crimen de guerra, contrario al artículo 8(2)(c)(i).
- Tomar rehenes como crimen de guerra, en contravención del artículo 8(2)(c)(iii);
- La violación y otros actos de violencia sexual como crímenes de lesa humanidad, en contravención del artículo 7(1)(g), y también como crímenes de guerra de conformidad con el artículo 8(2)(e)(vi) en el contexto del cautiverio.
- La tortura como crimen de lesa humanidad, en contravención del artículo 7(1)(f), y también como crimen de guerra, en contravención del artículo 8(2)(c)(i), en el contexto del cautiverio;
- Otros actos inhumanos como crimen de lesa humanidad, contrarios al artículo 7(l)(k), en el contexto del cautiverio.
- Trato cruel como crimen de guerra contrario al artículo 8(2)(c)(i), en el contexto del cautiverio.
- Los ultrajes a la dignidad personal como crimen de guerra, en contravención del artículo 8(2)(c)(ii), en el contexto del cautiverio.