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Gobierno de Eduardo Rivera violó derecho al trabajo, acredita CDH
Personal de la Presidencia Municipal de Puebla durante la gestión de Eduardo Rivera Pérez ejerció violencia laboral contra una trabajadora que fue basificada al término de la administración de Claudia Rivera Vivanco, así lo determinó la Comisión de Derechos Humanos (CDH) de Puebla.
El organismo emitió la conciliación 9/2023 al presidente municipal de Puebla Eduardo Rivera Pérez por la existencia de “violación al derecho humano al trabajo, igualdad, a una vida libre de violencia y a la integridad y seguridad personal.”
El documento informa que hace 3 años la persona afectada ocupaba el cargo de “oficial mayor” en la Sindicatura municipal de Puebla, y con fecha 11 de octubre del 2021 adquirió los derechos de trabajadora de base con el puesto de “analista consultivo” adscrita a los juzgados calificadores.
Sin embargo, el 15 de octubre del 2021 le dijeron que ella no contaba con las habilidades ni capacidades, por lo que se le impuso a otra trabajadora, impidiéndole que la capacitara, le diera acceso a su cuenta y al correo electrónico institucional.
Incluso le refirieron que por instrucciones de la sindicatura ya no iba a registrar en el biométrico y sería comisionada a otra área, mientras debía esperar afuera del pasillo y que no debía tocar nada ni moverse, por lo que estaría así hasta que le fuera asignado un lugar.
Fue hasta el 30 de octubre del 2021 a través de un comunicado emitido por el Sindicato “Benito Juárez” que se enteró que el Tribunal de Arbitraje Municipal había ordenado la suspensión de 100 trabajadores que obtuvieron la base en el ayuntamiento.
Aun así, continuó asistiendo al trabajo hasta el día 3 de noviembre de 2021, cuando permaneció sentada en una silla durante toda la jornada, es decir, de 9:00 a 17:00 horas esperando instrucciones, sin embargo, fue notificada que había sido dada de baja de su cargo.
Fue el 11 de noviembre de 2021 que solicitó al Ayuntamiento la reintegración a su puesto de trabajo, pero fue hasta el 18 del mismo mes que el Director General Jurídico y de lo Contencioso de la Sindicatura le manifestó la imposibilidad de hacerlo por la suspensión de la relación laboral.
Por lo anterior, la CDH determinó que la denunciante fue sujeta a inadecuadas prácticas laborales por parte de sus superiores jerárquicos, conductas que son consideradas como actos de violencia laboral en su modalidad de acoso laboral de manera horizontal, mismas que le originaron un impacto psicológico.
Señalaron que fue exhibida y los denunciados la tuvieron sin hacer nada, la dejaron sin actividades, la instruyeron a que no se moviera de su lugar, le impidieron la libertad de estar dentro de su lugar de trabajo y le prohibieron checar el biométrico.
“Para este organismo quedó acreditado que las y los servidores públicos vulneraron en agravio de su derecho humano al trabajo, igualdad, a una vida libre de violencia y a la integridad y seguridad personal”, dice el escrito.
Ayuntamiento debe garantizar la reparación del daño
El organismo autónomo propuso al ayuntamiento a cargo del edil Eduardo Rivera Pérez una conciliación, es decir, que se proporcione la atención psicológica necesaria a la víctima a efecto de superar las secuelas por el impacto psicológico con motivo de los hechos.
Además de emitir una circular a través de la cual instruya a las y los servidores públicos de la presidencia municipal de Puebla para que sujeten su actuar y se abstengan de realizar actos que atentan en contra los Derechos Humanos de las personas, principalmente al trabajo, igualdad, a una vida libre de violencia y a la integridad y seguridad personal.
El gobierno de la ciudad también deberá brindar capacitación a los servidores públicos, principalmente al derecho humano a una vida libre de violencia, mientras que la Contraloría Municipal deberá iniciar una investigación para deslindar responsabilidades. (JC)