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SCJN avala reformas para candidaturas comunes de elecciones de CDMX
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló las reformas para facilitar las candidaturas comunes que podrán competir por la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México (CDMX), alcaldías, y diputaciones locales.
Es así como con una mayoría de siete votos la SCJN rechazó el proyecto del ministro ponente Luis María Aguilar Morales, quien propuso invalidar la reforma, al encontrar una presunta violación al proceso legislativo, pues señaló que la aprobación del dictamen en comisiones habría tenido lugar sin el debido quorum legal.
#LaCorte valida el procedimiento legislativo que originó el decreto de reforma a la legislación electoral de la Ciudad de México, en materia de candidaturas comunes.
— Suprema Corte (@SCJN) October 31, 2023
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Descartan irregularidades en el proceso legislativo
Al respecto, la ministra Margarita Ríos-Farjat señaló que a pesar de la existencia de irregularidades durante la sesión de la comisión donde se aprobó el dictamen, ello no amerita la invalidación de la reforma.
La anterior, al señalar que el resto del procedimiento legislativo se hizo de manera correcta, puesto que el dictamen se llevó a cabo con el conocimiento de la Mesa Directiva del congreso de la CDMX, cinco días antes de la sesión del Pleno, lo que permitió a los legisladores conocer el contenido con anticipación previo al debate en la sesión plenaria.
Es por ello que el Pleno de la Corte avaló el procedimiento legislativo que derivó en la emisión del decreto para reformar el artículo 298, así como la adición de los artículos 298 bis y 298 ter, del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México que fue publicado el 2 de junio de 2023.
De igual manera se dio el visto bueno a normas relativas a las candidaturas comunes, mediante las cuales dos o más partidos políticos postulan en conjunto a un mismo candidato en las elecciones.
Ello, al considerar no necesario realizar una consulta previa a los pueblos y barrios originarios de la CDMX, ni a las comunidades indígenas y afromexicanas, por no establecer algún tipo de prerrogativa o regla especial dirigida a esos grupos sociales.
Finalmente, el Pleno de la Suprema Corte señaló que durante el proceso legislativo que dio origen al decreto, no se llevaron a cabo violaciones que deriven en invalidar. (EG).
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