- Nación
Suprema Corte prohíbe al SAT compartir datos personales de contribuyentes
Dar privacidad a la información de sus contribuyentes será una obligación para el Servicio de Administración Tributaria (SAT) luego de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) señalara como anticonstitucional compartir datos personales, el pasado lunes.
La corte prohibió al SAT utilizar su base de datos para brindar a empresas privadas el servicio de verificación de la identidad, pues determinó que las autoridades fiscales deben respetar los derechos humanos de sus contribuyentes.
Te recomendamos: SAT devuelve a Gobierno de Puebla mil 990 mdp tras boquete financiero de RMV
“se trata de la protección de datos personales, que es el derecho a la intimidad y un derecho humano”, indicó el presidente de la Comisión Fiscal de Coparmex Nacional, Domingo Ruíz López.
El especialista aseguró que la información otorgada por los contribuyentes se proporciona únicamente para cumplir con sus obligaciones fiscales, por lo que el órgano administrativo tiene la obligación de mantener esta información bajo privacidad.
“desde hace tiempo se ha pensado que la autoridad fiscal estaría facultada para compartir información con otras personas, lo cual es inválido porque no tiene ningún derecho a estar divulgando información que es privada”, dijo Ruíz López, según recogió el portal El Financiero.
Cabe recordar que el SAT contiene información personal referente a las declaraciones, facturación, adeudos fiscales e incluso RFC de sus contribuyentes.
¿SAT vendía información personal a terceras personas?
El especialista dejó entrever que el SAT podría hacer mal uso de su información contenida al facilitarla a terceras personas.
Aunque aclaró que no necesariamente se vendían los datos personales, incumplían al prestarse para facilitar la información a terceras personas a fin de verificar la identidad de sus contribuyentes, agregó Domingo.
Se invalidó la disposición del Código Fiscal de la Federación que permitía al SAT dar a conocer información personal sin el consentimiento de sus titulares y sin un fin legal legítimo, porque vulneraba el derecho de autodeterminación informativa,
— Suprema Corte (@SCJN) May 29, 2023
https://t.co/4ErocAn9Ko pic.twitter.com/CcngxvMfiF
Mencionó también la existencia de aplicaciones que cuentan con autorización de usuarios para acceder al portal del SAT y así verificar su información fiscal; sin embargo, apuntó que en estos casos no existe mayor inconveniente debido a que es el contribuyente quien está concediendo dicha autorización.
Intervención de la Suprema Corte en datos personales, un acierto: Domingo Ruíz
El especialista aplaudió la decisión de la Suprema Corte debido a que con ella se brinda protección a la intimidad de los contribuyentes. Por ello recordó el caso de abril del 2022 cuando la titular del SAT, Raquel Buenrostro, aceptó que habían robado toda la información de contribuyentes.
En aquel entonces fue Buenrostro quien sugirió a las personas afectadas presentar una denuncia ante el Ministerio Público debido a que el delito estaba fuera de la esfera del SAT.
“Eso significó no hacerse cargo de su responsabilidad de custodiar la información del SAT, por eso es muy importante que la SCJN hoy decida que el SAT ya está obligado a cuidar esa información y que no la puede compartir con terceras personas”, subrayó Domingo.
También puedes leer: Declaración anual: UNAM dará orientación gratuita a personas físicas
En total fueron ocho ministros de la Suprema Corte los que votaron por no modificar un apartado del artículo 17-F en el Código Fiscal de la Federación que es el que ahora prohíbe al SAT compartir datos personales; solo ministros tres votaron por dejar el texto como estaba.