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Comisión de Honestidad de Morena desecha queja contra Alejandro Armenta

  • Anaid Piñas
"Se declaran infundados e inoperantes los agravios esgrimidos", señala el organismo
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La Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de Morena (CNHJ) exoneró al senador Alejandro Armenta Mier de los presuntos señalamientos en su contra que indicaban que el legislador llegó al partido para cumplir sus intereses propios y no para sumarse al proyecto la Cuarta Transformación.

El pleno de la CNHJ resolvió el expediente CNHJ-PUE-2265/2021-III, promovido por el militante Antonio Morales Jiménez, el pasado 3 de marzo de 2021.

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El denunciante afirmó que había omisiones por parte del expriista en cuanto a su actuar como político de izquierda, pues consideró que “sólo busca la satisfacción de intereses egoístas y propios” y no estaba comprometido con los principios de Morena.

Asimismo, señaló que no era “portador de una nueva forma de actuar que se base en valores democráticos y humanistas características de las y los protagonistas del cambio verdadero”.

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Para probar sus señalamientos, Antonio Morales Jiménez presentó textos de columnas y notas periodísticas en las que Alejandro Armenta Mier ofreció tratos y candidaturas entre Morena y Fuerza por México.

Sin embargo, de acuerdo con los comisionados, las pruebas técnicas (fotografías, videos, audios) presentados por el denunciante eran insuficientes “para acreditar de manera fehaciente los hechos que contienen”.

Se declaran infundados e inoperantes los agravios esgrimidos en el recurso de queja presentado por Antonio Morales Jiménez en contra del C. Alejandro Armenta Mier con fundamento en lo establecido en el Considerando 3.2 de la presente resolución”, se lee en el documento.

La CNHJ explicó que la falta de elementos necesarios en la denuncia era un obstáculo para que la autoridad jurisdiccional pueda trazar una línea de investigación que le permita acreditar o desmentir los hechos denunciados.

Esta queja contra Alejandro Armenta Mier fue presentada hace dos años, el pasado 3 de marzo del 2021, y fue calificada como improcedente en un primer análisis, pero tras una cadena impugnativa por parte del denunciante ante el Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), el órgano partidista admitió la demanda el 8 de abril de 2022. 

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