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Abuso sexual en Puebla: cómo se castiga la sumisión química

  • Nancy Camacho
Desde el 8 de febrero de este año, se castiga con cárcel y multas abusar sexualmente de un menor con ayuda de sustancias químicas
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Se impondrán hasta 13 años de cárcel y multas de hasta 51 mil 870 pesos a quien utilice la sumisión química, que consiste en la administración forzada de fármacos, drogas o cualquier sustancia natural y/o química con el objetivo de alterar el comportamiento de una persona para cometer abuso sexual en Puebla en contra de un o una menor de 14 años.

Dicha multa también se aplicará a todas aquellas personas que se encuentre en una circunstancia de desigualdad.

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Así lo establece la reforma a la fracción II del artículo 261, la fracción I del artículo 272 y el artículo 278 Sexies, del Código Penal del Estado, en Materia de Sumisión Química, publicado en el Periódico Oficial del Estado (POE).

¿Qué es la sumisión química?

El acuerdo señala que la “sumisión química” se define como la agresión sexual, robo, extorsión y maltrato, sufridos bajo la influencia de sustancias psicotrópicas para que los victimarios se aprovechen de los efectos para cometer el delito, por cuanto la víctima ve disminuida su capacidad para identificar una situación de peligro o resistirse a la agresión.

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El documento indica que también puede clasificarse en tres diferentes tipos:

  • Proactiva, caracterizada por ser la intoxicación deliberada mediante la administración de una o varias sustancias por parte del atacante.
  • Oportunista, que es la ingesta voluntaria por parte de la víctima de una cantidad de sustancias que provoquen un estado de intoxicación.
  • Mixta, en la cual confluyen la ingesta voluntaria de sustancias con administración encubierta.

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Incluso menciona que el nuevo método de sumisión química ocurre cuando las víctimas se encuentran de fiesta y se conoce como "el pinchazo" en el brazo o en la pierna y tras ello, comienzan a marearse y a perder cierta capacidad de decisión.

Multas por sumisión química

13 años de prisión y multa de 500 Unidades de Medida y Actualización, es decir, de 51 mil 870 pesos, si el sujeto pasivo del delito de abuso sexual es menor de 14 años o se encuentra en otra circunstancia de desigualdad o por haberle suministrado alcohol, fármacos, narcóticos, sustancia toxica o cualquier otra sustancia y no pudiera oponer resistencia.

La pena podría aumentar en, si el delito fuere cometido con intervención de dos o más personas.

Multas de seis a diez años de prisión y de 100 a 500 UMAs, es decir, de 10 mil 374 a 51 mil 870 pesos en caso de que la víctima sea menor de edad y haya sufrido hostigamiento sexual luego de haberle administrado alguna sustancia tóxica.

Si la víctima es menor de edad y sufrió acoso sexual y se encuentra en las mismas circunstancias de intoxicación, habrá prisión de uno a tres años y multa de 100 a 500 UMAs.

Dichas sanciones en contra del abuso sexual en Puebla con ayuda de la sumisión química entró en vigor a partir del 8 de febrero del presente año, una vez que fue publicado el sdcreto en el POE.

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