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Violencia vicaria: diputadas la reconocen como violencia de género

  • Redacción e-consulta
La Comisión de Igualdad de Género aprobó que la violencia Vicaria sea reconocida como una modalidad de violencia de género
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La Comisión de Igualdad de Género de la Cámara de Diputados aprobó por unanimidad el dictamen para reconocer en el marco jurídico a la violencia vicaria como una modalidad de violencia de género y como una manifestación de violencia más en contra de las mujeres.

Julieta Vences Valencia, presidenta de la comisión y diputada por Morena, informó que esta primera acción es fundamental, ya que reconoce a las mujeres como víctimas de violencia vicaria; y permite exigir a los gobiernos formulen políticas públicas de prevención y atención para este tipo de violencia. Agregó que se fija también que Ministerios Públicos, jueces y toda autoridad que tenga conocimiento de un caso de violencia vicaria deberá realizar todos los actos necesarios para salvaguardar la integridad física y psicológica de las mujeres, sus hijas e hijos de manera inmediata.

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El dictamen abre la posibilidad de que el Ministerio Público o un juez dicte las medidas de protección en favor de las víctimas: “Con este tipo de instrumentos normativos se garantiza el acceso de la justicia para aquellas personas que sufren este tipo de violencia”, indicó Vences Valencia.

El proyecto legislativo nació de una demanda legítima de las madres víctimas de violencia vicaria en nuestro país, la cual es la penúltima de las violencias de género antes del feminicidio; en la que el agresor busca dañar a la mujer a través de sus hijas e hijos

La redacción propuesta por la Comisión de Igualdad de Género establece y reconoce en el marco jurídico a la violencia vicaria como una modalidad de violencia de género y en contra de las mujeres.

¿Qué es la violencia vicaria?

Se define a la violencia vicaria como la acción u omisión cometida en contra de una mujer por la persona con la que tenga o haya tenido una relación de matrimonio, concubinato o relación con la intención de causarle cualquier tipo de daño o sufrimiento al separarla de sus hijas o hijos y causar desapego en el vínculo materno filial, utilizando la violencia.

Incurre en violencia vicaria quien sustraiga, retenga, oculte, maltrate, amenace, ponga en peligro la integridad y salud, violente física, económica, psicológica o sexualmente a las hijas e hijos de las mujeres; “así como a quien interponga procedimientos judiciales falsos o conductas procesales y dilatorias para impedir la convivencia o guarda y custodia, con el propósito de dominar, someter, manipular, controlar o agredir de manera física o verbal, psicológica patrimonial, económica, sexual a las mujeres e incluso provocar el suicidio, feminicidio u homicidio de las madres de sus hijas e hijos”, abundó Julieta Vences.

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