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Notarías en Puebla se ganarán con pasar examen de panzazo
El gobierno estatal modificó el reglamento de la Ley del Notariado, para definir el proceso para entregar las patentes, luego de que el gobernador Luis Miguel Barbosa Huerta anunció la apertura de 100 nuevas notarías en Puebla.
En el Periódico Oficial del Estado (POE) se publicó el decreto con las modificaciones, y destaca que las y los aspirantes a notarios deberán acreditar la realización de prácticas ininterrumpidas por lo menos durante seis meses, al menos tres horas al día de lunes a viernes, bajo la dirección y responsabilidad de una persona titular de alguna notaría.
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Puede haber un lapso de hasta tres meses entre la terminación de las prácticas notariales y la solicitud del examen correspondiente, y podrán concursar, si reúnen los requisitos, quienes aspiren a ser notarios, notarios suplentes y notarios auxiliares.
También deberán entregar la constancia de pago a más tardar a los cinco días hábiles siguientes después de presentarse la solicitud en el caso aspirantes. En el caso de los suplentes y auxiliares se tendrá que otorgar a más tardar durante el acto en el cual se realice la notificación del examen respectivo ante la Dirección General del Notariado.
Tras el período de inscripción a los exámenes, la autoridad notarial citará a todos los inscritos a la convocatoria mediante oficio dentro de los 10 días hábiles siguientes a dicho cierre. En conjunto con el consejo o la comisión que este último designe, les harán saber a los aspirantes, mediante acta los mecanismos de desarrollo para las pruebas teórica y práctica.
No podrán ser parte del jurado personas que estén o hayan estado casadas o tengan algún parentesco con los competidores. Esto también aplica en el caso de una relación laboral que se haya dado en los últimos diez años previos a la presentación de la solicitud del examen, así como durante la práctica notarial del sustentante, o bien, en la época de aplicación de los exámenes.
Examen para obtener notarías en Puebla
Los concursantes tendrán acceso a una computadora para hacer sus pruebas, sin embargo, éstas únicamente tendrán programas para escribir y podrán consultar textos legales en una base de datos proporcionada por el Consejo y que contenga únicamente las disposiciones legales vigentes.
Los sustentantes podrán apoyarse en libros de doctrina jurídica, códigos en general, leyes, reglamentos, circulares, acuerdos administrativos, tesis, jurisprudencias y demás criterios de autoridad, así como de tablas para el cálculo de impuestos.
No podrán utilizar libros o códigos de editoriales que contengan operaciones jurídicas o cláusulas, formularios, formato, machotes, modelos de escrituras, actas, contratos o similares.
Tampoco podrán tener durante la realización del examen teléfonos celulares, bíper, radio localizadores, discos duros externos, dispositivos USB, computadoras personales, máquinas de escribir con memoria o cualquier otro instrumento tecnológico, análogo o similar, con capacidad de almacenar, enviar o recibir datos, así como tampoco relojes inteligentes.
Durante los exámenes, los sustentantes no podrán salir de las instalaciones y deberán abstenerse de realizar cualquier acto del que pueda inferirse o presumirse que pretendan obtener una ventaja o un auxilio distinto de los autorizados por la ley.
Los participantes que no estén en el recinto al momento del inicio de la prueba en su parte práctica, se tendrán como desistidos de la presentación del examen, en consecuencia, no podrá presentar el examen en su parte teórica.
Se considerarán reprobados aquellos que obtengan una calificación inferior a 65 puntos en el examen de oposición, pero si siguen interesados, podrán competir de nuevo hasta un año después.
Cuando una notaría se encuentre vacante y el protocolo haya sido ingresado al Archivo de Notarías, la Consejería Jurídica, en un plazo que no exceda los noventa días hábiles, publicará la convocatoria para el concurso correspondiente.