- Sociedad
Ley de no nacidos en Puebla es inconstitucional: colectivas pro aborto
Las colectivas y organizaciones que conforman la campaña por el Aborto Legal, Seguro y Gratuito en Puebla señalaron que la propuesta presentada por el grupo legislativo del Partido Acción Nacional (PAN) sobre proteger los derechos de los no nacidos es inconstitucional, pues limita a las personas a que decidan sobre ejercer o no su maternidad.
El 27 de octubre, el diputado local del PAN, Oswaldo Jiménez López, apoyado por toda la bancada del blanquiazul, la dirigencia estatal panista y organizaciones pro-vida presentaron la iniciativa de Ley para proteger los derechos de los no nacidos. El legislador argumentó que su propuesta no es retrógrada, pues lo que busca es incorporar el concepto de “no nacido” en el Código Penal y la Constitución Política del estado de Puebla.
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Agregó que su iniciativa busca garantizar los derechos a la salud y la no violencia al no nacido, que la madre no sufra acoso laboral o abuso, y que el Estado genere condiciones para el correcto desarrollo de la gestación.
Ante ese escenario, las colectivas expusieron que la reforma del PAN pone en evidencia el absoluto desconocimiento a las leyes y tratados internacionales, a la normativa nacional y local, así como las diversas instituciones, mecanismos y políticas públicas que ya sé implementan para la protección de maternidad.
a través de un comunicado indicaron que los planteamientos en la ley del albiazul respecto de la protección de la vida desde la concepción son, “erróneos e imprecisos”.
Entérate: Ministra Margarita Ríos Farjat a favor de debatir aborto en Puebla
Reiteramos el llamado a las y los integrantes de la #LXI Legislatura del H. @CongresoPue para que de una vez por todas asuman el compromiso de legislar a favor de la autonomía reproductiva de la ciudadanía y despenalicen el aborto. #AbortoaLegalPuebla pic.twitter.com/2FbXqyN0Bz
— AbortoLegalPue (@AbortoLegalPue) October 27, 2022
Expusieron que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que las entidades federativas carecen de competencia para definir el origen de la vida humana, el concepto de persona y la titularidad de los Derechos Humanos, pues ello corresponde en exclusiva a la Constitución.
“La Corte consideró que la presentación de otorgar el estatus de persona al embrión o feto y, a partir de ello adoptar medidas restrictivas del derecho a la autonomía reproductiva de las mujeres y de las personas gestantes, resultaba inconstitucional. Si bien el producto de la gestión merece una protección que incrementa con el tiempo a medida que avanza el embarazo, ellos no pueden desconocer los derechos a la libertad reproductiva y, en particular, el derecho a interrumpir el embarazo en determinados supuestos”, dice el escrito.
Recordaron que a raíz del amparo promovido por GIRE A.C y diversas organizaciones, el 14 de octubre del 2022, un juez de distrito determinó que, aunque la Constitución local reconoce que la vida debe ser protegida desde la concepción, no debe utilizarse el derecho penal para sancionar a quien decida interrumpir su embarazo.
La colectiva nuevamente exigió a las y los diputados que asuman el compromiso de legislar a favor de la autonomía reproductiva de la ciudadanía y despenalicen el aborto, además de que dejen de vulnerar los derechos de las personas gestantes.
“Desde esta campaña respetamos, apoyamos y defenderemos los derechos humanos de quienes decidan maternar y de quienes no, por ello señalamos la importancia de fortalecer los mecanismos dispuestos para ejercer la maternidad y la paternidad de forma libre e informada”, argumentaron.
Es de mencionar que el 28 de octubre, la diputada local Mónica Silva Ruiz propuso una reforma constitucional para no reconocer la vida desde la concepción, tras la iniciativa de ley que presentó el PAN.
La propuesta consiste en reformar la fracción IV del artículo 26 de la Constitución Política del estado de Puebla que establece lo siguiente: “La vida humana debe ser protegida desde el momento de la concepción hasta su muerte natural, salvo los casos previstos en las leyes”.
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