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TEEP exonera a Rivera Pérez y batea a Genoveva Huerta

  • Mariana Salinas
El tribunal declaró inexistentes los actos anticipados de campaña de que se acusó al edil poblano
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El Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP), nuevamente exoneró al presidente municipal, Eduardo Rivera Pérez por actos anticipados de campaña durante el proceso electoral de 2021 cuando compitió como candidato común de los partidos PAN, PRI, PRD, CPP y PSI.

Las impugnaciones fueron presentadas por Morena bajo los expedientes acumulados TEEP-AE-157/2021 y TEEP-AE-178/2021 a cargo del magistrado Ricardo Adrián Rodríguez Perdomo quien declaró inexistentes los actos denunciados.

“Se propone declarar la inexistencia de las acciones denunciadas al no acreditarse el elemento subjetivo de los actos anticipados de campaña, para acreditar los elementos se requiere que el mensaje sea explícito respecto a su finalidad electoral”, dice la resolución.

Los argumentos de Morena para denunciar actos anticipados de campaña hacían referencia a una entrevista grabada por Eduardo Rivera Pérez antes del inicio de la contienda electoral que fue publicada en Facebook.

Los magistrados consideraron que no se hizo un llamado directo para promover el voto y la difusión que los medios de comunicación dieron a esta publicación no se pueden atribuir a Eduardo Rivera Pérez pues no fue de su autoría. Por ello los actos fueron declarados como inexistentes.

Esta es la tercera vez que el tribunal local desestima las acusaciones por actos anticipados del panista pues, en noviembre de 2021, fueron declarados infundados los señalamientos expuestos por Sammy Israel Hernández Piñarato, quien lo acusó de actos anticipados de campaña y de no reportar los gastos al Instituto Nacional Electoral (INE).

En ese mismo mes se desestimaron las acusaciones hechas por el ciudadano Erik Guerra Hernández, pues no se constató la entrega de obsequios ni se aportaron pruebas sobre los agravios.

No hubo violencia de género contra Huerta Villegas

Por otra parte, los magistrados consideraron que el periodista Ricardo Morales Sánchez no cometió violencia de género contra Genoveva Huerta Villegas.

La magistrada presidenta, Norma Angélica Sandoval consideró que solo se trató de una crítica dura en el ejercicio periodístico, pero no se vulneraron sus derechos humanos de igualdad.

“Se propone declarar la inexistencia de la conducta denunciada en atención a que se concluye que su contenido no corresponde a una infracción electoral pues, aunque el ejercicio periodístico consistió una crítica dura, este no trasciende a los derechos humanos de igualdad y no discriminación”, dice el proyecto.

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