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Exonera TEEP a Claudia y Eduardo Rivera de campaña anticipada
El Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) por unanimidad exoneró de actos de campaña anticipada al alcalde capitalino Eduardo Rivera Pérez (del PAN) y su antecesora, Claudia Rivera Vivanco (de Morena), tras declarar inexistentes las acusaciones.
En sesión pública este miércoles el tribunal concluyó que ninguno se promovió antes del plazo legal durante el proceso electoral de 2021, en el que ambos se enfrentaron por segunda vez consecutiva por la alcaldía de Puebla.
En el caso Rivera Vivanco, el magistrado ponente Ricardo Adrián Rodríguez Perdomo declaro inexistentes los actos denunciados por Gabriel Mariano Pulido González, quien señaló a la entonces candidata a la reelección de utilizar recursos públicos, utilizar la imagen institucional del ayuntamiento de Puebla y promover programas sociales con fines electorales.
Esto con base en una entrevista de un medio de comunicación, pero en la resolución se calificaron de infundadas las acusaciones debido a que en el momento de la entrevista Rivera Vivanco no se encontraba en su papel de servidora pública, ya que había solicitado licencia.
“Del análisis del contexto publicado en Síntesis se estima que no se acredita el uso indebido de los recursos públicos, por lo que no se ofertan apoyos y no era funcionaria al momento de la difusión del video; solo son opiniones de interés general protegidas por el derecho a libre expresión”, dicta la sentencia.
Rivera tendrá que justificar gastos
El TEEP también falló a favor del presidente municipal Eduardo Rivera Pérez, pues la magistrada presidenta Norma Angélica Sandoval Sánchez determinó que fueron infundados los señalamientos expuestos por Sammy Israel Hernández
El denunciante aseguró que el entonces candidato a presidente municipal publicó en su cuenta de Twitter mensajes presuntamente proselitistas antes del inicio de la contienda electoral.
Los señalamientos fueron desestimados, pues el TEEP concluyó que las expresiones no solicitaban el voto o promovían el rechazo a otro partido, sin embargo, se determinó dará cuenta al Instituto Nacional Electoral (INE) para que solicite a Rivera Pérez aclarar sus gastos de precampaña y campaña conforme a la ley.
“Es cierto que se tienen por actualizados los elementos temporales, pero de manera objetiva, este no se acredita, pues no es posible desprender que el denunciado realice expresiones solicitando el apoyo o el rechazo a otro partido”, señaló la magistrada ponente.