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Jueza concede amparo a Amado Yañez, dueño de Oceanografía

  • Redacción e-consulta
Resolvió que se vulneraron los derechos de Amado Yáñez, por lo que deberá emitirse otra resolución
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Una jueza federal ordenó a la Fiscalía General de la República (FGRdejar sin efecto la resolución contra Amado Yáñez Osuna, dueño de Oceanografía, señalando como improcedente la acción penal por el presunto fraude fiscal por más de 117 de millones de pesos.

El empresario argumentó que el delito ya prescribió, porque el Ministerio Público Federal comenzó a computar el plazo de seis años para la acción penal a partir del 25 de mayo de 2016, fecha en la que el Servicio de Administración Tributaria (SATemitió el dictamen técnico contable.

Indicó que el plazo de prescripción inició a partir del momento en que se consumó la conducta ilícita, es decir, el 30 de abril de 2013.

Luz María Ortega Tlapa, jueza Octavo de Distrito de Amparo en Materia Penal, concedió el amparo al empresario, por lo que dejó sin efecto la resolución dictada por el Ministerio Público Federal el 7 de septiembre de 2020.

Asimismo, resolvió que se vulneraron los derechos fundamentales de Amado Yáñez, por lo que deberá emitirse otra resolución, debidamente fundada y motivada.

Consideró como desacertado que la autoridad haya sostenido que el plazo para la prescripción de la acción penal debe iniciar a contarse a partir del 25 de mayo de 2016, fecha en que se emitió el dictamen técnico contable por el SAT, pues debió iniciar a contarse a partir del 30 de abril de 2013.

En dicha fecha el empresario presentó la declaración anual del Impuesto Sobre la Renta (ISR) correspondiente al ejercicio de 2012, reportando ingresos menores a los realmente obtenidos, por lo que supuestamente evadió el pago de 117 millones 744 mil 669 pesos.

Asimismo, apuntó que en las constancias se advierte que el Director General de Delitos Fiscales de la Subprocuraduría Fiscal Federal de Investigaciones formuló la imputación contra el quejoso el 6 de junio de 2016.

Con información de Milenio.

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