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Buscan cancelar renovación de acta de nacimiento en Puebla
La diputada local Karla Martínez Gallegos (de Morena), presentó en el Congreso de Puebla una iniciativa para establecer una vigencia permanente del acta de nacimiento para evitar que se exija renovarla como un requisito para realizar algún trámite oficial.
En sesión ordinaria del pleno la morenista explicó en tribuna que esta iniciativa será para cumplir un exhorto que emitió el Senado de la República el 14 de marzo de 2019, en el que solicitó dar máxima vigencia a las copias certificadas de las actas de nacimiento.
“El Senado de la República exhorta respetuosamente a los gobiernos de los Estados de la República a implementar mecanismos de información ciudadana para evitar que las instituciones públicas o privadas soliciten copias certificadas de las actas de nacimiento con una vigencia máxima de expedición, para la realización de trámites”, señaló.
Actualmente dependencias públicas solicitan actualizar este documento para realizar diversos trámites, como pasaportes, cartillas del servicio militar, constancias de no antecedentes penales, entre otros, lo cual obliga a las personas a pagar por la actualización de las actas de nacimiento.
Por ello se propone adicionar un segundo párrafo al artículo 835 del Código Civil del estado, en el que se estipule que las actas tienen una vigencia permanente y que su validez será suficiente mientras todos los sellos y datos sean legibles.
“Su vigencia será permanente, por lo que para su plena validez bastará que cuenten con los elementos de seguridad oficiales, que sean legibles y que no contengan alteraciones, daños o enmendaduras que motiven duda de su autenticidad o contenido, o que no sobrevenga un cambio de nombre, estado familiar otro que afecte los datos originales inscritos, en cuyo caso se deberá presentar el acta actualizada”, propone la reforma.
Retoman aborto legal
Por su parte los diputados de Morena Carlos Evangelista Aniceto, Daniela Mier Bañuelos, Eliana Angélica Cervantes González e Iván Herrera Villagómez, propusieron reformas al Código Penal estatal para despenalizar el aborto en las primeras 12 semanas de gestación y modificar las sanciones cuando se realice después de esas 12 semanas.
Para esto el artículo 339 se propone considerar el aborto como “la interrupción del embarazo después de la décima segunda semana de gestación”.
Por el delito de aborto forzado en el artículo 340 se busca que, cuando una mujer sea forzada al procedimiento sin su consentimiento, se castigue con cinco y hasta ocho años de prisión, ya que la condena actual solo es de tres a seis años.
En el artículo 343 se pretende establecer que el aborto no sea sancionado cuando un médico justifique el procedimiento o por causas económicas, cuando no se pueda sostener a un bebé.