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Corte despenaliza uso lúdico y recreativo de la marihuana

con ocho votos a favor y tres en contra se avala regular su uso lúdico.
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El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó la declaratoria general de inconstitucionalidad sobre la prohibición del uso lúdico y recreativo de la marihuana.

El proyecto que propone eliminar de la Ley General de Salud a la marihuana como droga ilícita y privilegiar el derecho a decidir de las personas alcanzó mayoría calificada en su votación, es decir, ocho de los 11 ministros que integran el Pleno de la Corte se pronunciaron a favor de la declaratoria general de inconstitucionalidad.

De esta forma, la Suprema Corte aprobó la Declaratoria General de Inconstitucionalidad (DGI) para invalidar cinco artículos de la Ley General de Salud que prohíben de manera absoluta el consumo lúdico de la marihuana. Los artículos 235, 237, 245, 247 y 248 de la Ley General de Salud están entre aquellos por los que la Suprema Corte de Justicia de la Nación decidió despenalizar el uso lúdico de la marihuana.

Estos artículos prohíben actos relacionados con el cannabis, como la siembra, cultivo, cosecha, elaboración, preparación, acondicionamiento, adquisición, posesión, comercio o transporte en cualquier forma, y también la prescripción médica, suministro, empleo, uso y consumo de la marihuana.

Lo anterior significa que la Secretaría de Salud a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS) tendrá que autorizar el autocultivo de marihuana. Si bien este evento se considera histórico, no significa que el mercado de la marihuana sea legal ni que ya se pueda consumir en México sin limitaciones.

Lo que sigue es que el proyecto debe pasar al Congreso de la Unión para que éste continúe con la labor de regular el uso lúdico, pues lo primordial es garantizar que este no dañará a terceros.

Con información de Milenio y El Economista.

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