• Política

Pasa en comisiones Ley Agnes, entre alerta de inconstitucionalidad

  • Héctor Llorame
Advierten que el Congreso local no puede legislar en materia procesal
.

En comisiones del Congreso de Puebla se aprobó la “Ley Agnes” o de identidad de género autopercibida, entre señalamientos de que las reformas son inconstitucionales.

El dictamen se avaló este viernes con 7 votos a favor y tres abstenciones de las comisiones de Gobernación y Puntos Constitucionales y Procuración y Administración de Justicia.

Se abstuvieron la diputada Rocío García Olmedo (del PRI); Mónica Rodríguez Della Vecchia (PAN) y el diputado sin partido Carlos Morales Álvarez.

Se espera que las reformas al Código Civil se pongan a votación de los 41 legisladores del pleno la próxima semana, para que su aprobación sea oficial. 

El dictamen fue cuestionado por García Olmedo, quien advirtió que contenía disposiciones de carácter procesal que solo puede legislar el Congreso de la Unión.

Recordó que en noviembre de 2019 la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió en la acción de inconstitucionalidad 144/2017 que los Congresos locales están impedidos para legislar en materia procesal civil y familiar.

Ven simulación legislativa

Alertó que el dictamen podría ser únicamente una “simulación legislativa” porque las reformas fácilmente podrán ser impugnadas y revocadas por la Corte.

A pesar de esto legisladores de Juntos Haremos Historia avalaron el dictamen y rechazaron una propuesta modificatoria de la diputada Estefanía Rodríguez Sandoval (de Morena), quien buscaba establecer que las nuevas actas de nacimiento de las personas trans fueran gratuitas.

Las reformas tenían que aprobarse antes del 15 de febrero porque así lo prometió por escrito la Junta de Gobierno del Congreso a las feministas que por 25 días tomaron el recinto legislativo.

Tras no cumplir el acuerdo, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió el martes un “urgente” llamado de atención a los legisladores, y esto los obligó a abordar el tema.

La CNDH y la comunidad trans exigieron la legislación porque con ella se reconocerán géneros distintos al masculino y femenino; se dará certeza jurídica a las personas que decidan cambiar de género y se garantizarían sus derechos civiles.

Se conoce como "ley Agnes" en memoria de la psicóloga y activista Agnes Torres Hernández, mujer transgénero que impulsó la legislación en Puebla desde la década pasada, antes de ser asesinada en 2012.

Las reformas al Código Civil

El dictamen aprobado señala que en el artículo 291 se establecerá que los integrantes de una familia tendrán derecho a que los demás “respeten su integridad física y psíquica, así como su orientación sexual y, en su caso, su identidad de género autopercibida, de manera que no se afecten su sano desarrollo individual ni su plena incorporación al núcleo social”.

El 875 Bis señalaría que “cualquier persona puede pedir el levantamiento de una nueva acta de nacimiento para el reconocimiento de su identidad de género autopercibida”.

Para ello se describiría la identidad de género autopercibida como: “la condición personal e interna, tal y como cada persona se percibe así misma, la cual puede corresponder o no al sexo asignado en el registro primario. Incluye la vivencia personal del cuerpo, que podría o no involucrar la modificación de la apariencia o funcionalidad corporal, siempre que la misma sea libremente escogida”.

No exigirían cirugías

El reconocimiento de identidad se llevará a cabo ante la Dirección del Registro Civil del Estado o ante el registro civil del municipio o localidad de nacimiento de la o el solicitante, para lo cual no será requisito acreditar intervención quirúrgica alguna, terapias u otro diagnóstico o procedimiento de modificación corporal o de apariencia física, incluyendo la vestimenta, modo de hablar, modales, ni ninguna otra condición que dañe la dignidad humana.

El mismo articulo 875 Bis precisaría que los derechos y obligaciones contraídas con anterioridad al reconocimiento de identidad de género, “no se modificarán ni se extinguen con la nueva identidad jurídica de la persona; incluidos los provenientes de las relaciones propias del derecho de familia en todos sus órdenes y grados, los que se mantendrán inmodificables”.

Tags: 

Comentarios de Facebook: