- Sociedad
Opaco, el proyecto hídrico de Ciudad Textil en Puebla
A un año de que inició el conflicto en la zona de Juan C. Bonilla por la construcción de obras hídricas para el parque industrial Ciudad Textil hay poca información sobre los permisos y del impacto que tendría este proyecto.
Los pobladores de la zona han denunciado que esta obra pone en riesgo al río Metlapanapa, por lo que han encabezado una serie de movilizaciones en contra de la misma.
Por medio de la Plataforma Nacional de Transparencia, se presentaron 49 solicitudes a las dependencias de Comisión Estatal de Agua y Saneamiento del Estado de Puebla (CEASP), Secretaría de Medio Ambiente, Desarrollo Sustentable y Ordenamiento Territorial del estado de Puebla (SMADSOT), Comisión Nacional del Agua (Conagua), Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), Secretaría de Economía estatal y al ayuntamiento de Huejotzingo.
En la mayor parte de las respuestas que se obtuvieron acerca del tema, se indica que la información está reservada por parte de las autoridades estatales.
El complejo industrial Ciudad Textil, que inició su construcción en enero de 2000, se ubica a 200 metros del aeropuerto Hermanos Serdán, en el municipio de Huejotzingo.
En un inicio este parque industrial contaba con una planta biológica de tratamiento de aguas residuales, que captaba la mayoría de las descargas de las empresas establecidas; sin embargo, desde 2012 se han dado una serie de conflictos por la contaminación que se ha generado, debido a que la laguna de absorción ya no es suficiente para captar las aguas residuales de las empresas instaladas en este complejo.
En 2014, durante la administración de Rafael Moreno Valle, se llevó a cabo la construcción de colectores pluviales y la rehabilitación del sistema de drenaje, obras que eran necesarias por la constante descarga de aguas residuales.
Además, en 2018 arrancó la construcción del sistema de alcantarillado pluvial y sanitario, que actualmente se encuentra parado por las irregularidades en los permisos y por la descarga de aguas residuales sin tratamiento en el río Metlapanapa, el cual atraviesa cuatro comunidades del municipio Juan C. Bonilla: Zacatepec, Cuanalá, Ometoxtola y Nextetelco.
El conflicto actual inició en abril de 2019, cuando los pobladores de Juan C. Bonilla denunciaron que las empresas de Ciudad Textil buscaban desechar sustancias tóxicas en el río, y desde entonces se han llevado a cabo una serie de reuniones y asambleas públicas para manifestar su inconformidad con este proyecto.
Por otra parte, el presidente del Parque Industrial Ciudad Textil, Francisco Rivera Taja, ha explicado que el proyecto consiste en la construcción de un sistema de alcantarillado de cuatro kilómetros, colector de agua de lluvia que tiene como punto de descarga el río Metlapanapa, y un sistema de descarga sanitaria.
Asimismo, ha dicho que se cuentan con los permisos correspondientes de la Comisión Nacional del Agua (Conagua), la Comisión Estatal de Agua y Saneamiento del Estado de Puebla (CEASPUE) y la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), sin embargo, como se verá más adelante, no fue posible acceder a esta documentación.
Ante esto, en febrero de este año los pobladores presentaron un amparo ante el Juez Primero de Distrito en Materia Civil, Administrativa y de Trabajo, que otorgó la suspensión definitiva del proyecto en lo que se resuelve el recurso jurídico, pues se consideró que la descarga de aguas residuales sin las especificaciones ambientales causaría una afectación irreparable al medio ambiente y a la salud pública, además de que hay irregularidades en los permisos para la obra.
Parques industriales
Aunque el conflicto es por Ciudad Textil, hay que señalar que hay más parques industriales en la zona del río Metlapanapa.
En el sitio del Observatorio del Inversionista del Estado de Puebla, de la Secretaría de Economía estatal, se reporta que hay otros tres parques industriales cerca de la zona, y se detallan superficie total, número de empresas establecidas, los principales sectores y los servicios que se brindan en cada uno de estos.
En dicho portal se indica que Ciudad Textil cuenta con 27 empresas, le sigue Vesta Park Puebla 1 con seis, Anexo 4 con cinco y Mercatus con tres.
Dado que en el reporte del Observatorio del Inversionista sólo se brindan datos generales, se presentaron solicitudes de información a la Secretaría de Economía estatal para obtener el listado de las empresas.
Sin embargo, el número de empresas reportadas en internet, no coincide con las listas que se entregaron en respuesta a las solicitudes hechas.
Parque industrial |
Observatorio del Inversionista |
Respuesta Solicitud 00197820
|
Respuesta Solicitud 00072920
|
Ciudad Textil |
27 |
39 |
22 |
Vesta Park Puebla 1 |
6 |
4 |
4 |
Anexo 4 |
5 |
5 |
5 |
Mercatus |
4 |
3 |
2 |
En la respuesta de la solicitud 00072920, se indica que hay 22 empresas en Ciudad Textil, es decir, cinco menos que en el padrón del observatorio, pero en dicho documento se mencionan seis empresas de las cuales no se hace mención en ninguno de los otros reportes.
En cuanto al Parque Industrial Mercatus, no coinciden el número de empresas en las dos respuestas dadas por la Secretaría de Economía. En la solicitud 00072920 se indica que sólo hay dos empresas, pero en la solicitud 00197820 dice que son tres.
Sólo en el caso de los parques Vesta Park y Anexo 4 las dos listas coinciden en cuanto al número de empresas.
Esta falta de claridad en cuanto al número de empresas que se encuentran en la zona, dificulta el mapeo de las descargas que se realizan o se podrían realizar en los cuerpos de agua y el tipo de residuos que se estarían vertiendo.
Plantas de tratamiento
Por otra parte, se solicitó a la Secretaría de Economía estatal y a la Comisión Nacional del Agua (Conagua) el listado de las empresas que tuvieran plantas de tratamiento de agua en cada uno de estos parques industriales, para tener una idea sobre el manejo de las descargas que realizan éstas.
La autoridad estatal no entregó esta información, bajo el argumento de que no era de su competencia.
En cambio, la Conagua sí dio un listado de las empresas que tienen plantas de tratamiento, en el que se incluye la dirección, número de plantas, tipo de industria, cuerpo receptor, nivel de tratamiento, proceso de tratamiento y el nombre de la empresa.
En el listado se indica que hay 17 empresas con plantas de tratamiento de aguas residuales y pluviales en los municipios de Huejotzingo y Juan C. Bonilla.
Nueve de estas 17 empresas tienen nivel de tratamiento uno, mientras que el resto es de nivel dos; este depende del proceso de tratamiento que cada una de las empresas tiene por su giro.
Además, seis tienen procesos de tratamiento biológico, cuatro procesos fisicoquímicos, cuatro procesos duales, es decir fisicoquímico y biológico y de las tres restantes no existen datos.
Sin embargo, sólo una de estas 17 empresas se encuentra en el corredor que está en la zona de Ciudad Textil: Calcetines de Exportación San José, S.A. de C.V., ubicada dentro del Parque Industrial Anexo 4.
Además, la Conagua reportó que Skytex México y Ajemex, ubicadas en el Parque Industrial Quetzalcóatl en San Martin Texmelucan, Espintex y Lavados Nacionales, localizadas en Huejotzingo, y Geni de México, que se encuentra cerca del Parque Industrial Ciudad Textil, fueron sancionadas por no cumplir con la normatividad para la descarga de aguas residuales.
La multa más alta se le impuso a la empresa Ajemex por 100 mil 935 pesos; entre todas tuvieron que pagar 356 mil 829 pesos, sin embargo, no se detallaron las fechas en las que se aplicaron las sanciones.
Hasta inicios de febrero de este año, todas las empresas sancionadas se encontraban en funcionamiento, con excepción de Lavados Nacionales, la cual fue suspendida por descargar aguas residuales en un drenaje municipal.
Además, la Conagua informó que todas las empresas instaladas en los cuatro parques de la zona del río Metlapanapa, reportadas por la Secretaría de Economía estatal, cuentan con permisos de descarga y plantas de tratamiento de aguas residuales.
Llama la atención que en el padrón de la Conagua se incluye a la empresa QVCII S. de R.L. de C.V., la cual no aparece en los listados de la secretaría estatal.
Esta empresa se encuentra en el kilómetro 4 de la carretera federal México-Puebla Aeropuerto, y cuenta con un permiso para la descarga de aguas residuales por un volumen de 25 mil 476.88 metros cuadrados anuales, por un periodo de 10 años.
Finalmente, para tener un panorama más amplio de la situación de las descargas en la zona, se solicitó a la Conagua un listado de las plantas de tratamiento de aguas residuales ubicadas en los municipios de San Andrés Cholula y San Pedro Cholula, al igual que las descargas de aguas pluviales en el río Actiopa.
Sin embargo, en ambos casos, la dependencia federal pidió una prórroga para atender las solicitudes y hasta la fecha no han sido respondidas.
La concesión para Ciudad Textil
En la respuesta a la solicitud en la que se pidió el padrón de empresas, la Conagua proporcionó el título de concesión 04PUE114050/18FMDL15 a nombre de la Asociación de Empresarios del Parque Industrial Ciudad Textil de Puebla, A.C.
Este documento consta sólo de tres páginas, por lo que no se tienen detalles claros acerca de esta concesión, la cual se otorgó originalmente en 2004 y fue renovada hace unos años.
La renovación de la concesión, documento que fue proporcionado, se validó el 25 de septiembre de 2014, la cual autoriza descargar aguas residuales por un volumen de 92 mil 915.20 metros cúbicos anuales y estará vigente durante 10 años.
No se informa de permisos ambientales
Como se mencionó al inicio, el presidente de Ciudad Textil ha dicho que se cuentan con todos los permisos para el desarrollo de este proyecto, y aunque se hicieron solicitudes de información para acceder a ellos, se obtuvieron respuestas negativas por parte de la autoridad estatal.
Por un lado, se solicitó a la Secretaría de Medio Ambiente, Desarrollo Sustentable y Ordenamiento Territorial estatal (SMADSOT) los Manifiestos de Impacto Ambiental (MIA) de las etapas 1 y 2 del Proyecto Integral para la construcción del sistema de Alcantarillado Sanitario en la zona industrial de Huejotzingo, y los correspondientes al Proyecto Integral para la construcción del sistema de Alcantarillado Pluvial, en la misma zona.
Sin embargo, en todos los casos la dependencia estatal respondió que la información está reservada por un periodo de tres años.
Pese a esto, cabe mencionar que las resoluciones de MIA fueron publicadas en la Plataforma Nacional de Transparencia, por lo que se pudo acceder a datos generales de las mismas.
Estas resoluciones fueron aprobadas entre junio de 2018 y mayo de 2019, y tuvieron una vigencia de cinco meses para la etapa de preparación del sitio de construcción del proyecto, lo que significa que éstos ya no están vigentes.
Con la resolución de la primera etapa del proyecto del Sistema de Alcantarillado Sanitario en la zona industrial de Huejotzingo, se autorizó la instalación de tubería y construcción de 11 pozos de visita, con una superficie total de tres mil 897 metros cuadrados.
Además, la segunda etapa del mismo proyecto, consistía en la construcción de un distribuidor pluvial para separar aguas sanitarias y conducirlas a un colector pluvial existente por medio de la instalación de tubería y 19 cajas a lo largo de la misma, con una superficie total de cinco mil 619 metros cuadrados.
Las dos etapas de este proyecto estuvieron a cargo de la empresa GER Construcciones del Centro S.A. de C.V., según se detalla en las resoluciones publicadas por la dependencia estatal.
Mientras que, para la primera etapa del proyecto del Sistema de Alcantarillado Pluvial, se tenía prevista la colocación de una tubería con una superficie total de dos mil 625 metros cuadrados, y para la segunda etapa se construiría un distribuidor sanitario con el objeto de separar las aguas sanitarias y conducirlas a un colector sanitario existente; para ello fue necesario la instalación de tubería y construcción de pozos de visita con una superficie total de tres mil 188.42 metros cuadrados.
Las autorizaciones para estas dos etapas para la construcción del alcantarillado pluvial fueron solicitadas por la empresa OLI Construcciones S.A. de C.V.
Sin embargo, no se tiene registro sobre alguna autorización adicional que hayan recibido los responsables del proyecto desde entonces o que hayan recibido alguna prórroga para la ejecución de los trabajos.
Por otra parte, se presentó una solicitud de información a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) en la que se requirió: “la versión digital de la validación de la técnica empleada para el Proyecto Integral para la construcción del sistema de Alcantarillado en la Zona Industrial de Huejotzingo, en el Estado de Puebla” para cada uno de los proyectos en sus respectivas etapas.
En la respuesta, la Semarnat señaló que sí se habían autorizado proyectos en la zona, y que se podía acceder al MIA y al resolutivo correspondiente en el portal de consulta de trámites ambientales con la clave 21PU2004HD048.
Sin embargo, dicha autorización fue dada en marzo de 2005 al Sistema Operador de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado de Puebla (SOAPAP) para la “Rehabilitación y Puesta en Marcha de la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales de Huejotzingo”, y correspondía a acciones de saneamiento del río Atoyac.
Esto significa que la autorización, que tenía una vigencia de 20 años, no corresponde a los proyectos que se ejecutan en la actualidad.
Las obras, según se detalla en el proyecto, se ejecutaron en el camino a Xalmimilulco, es decir, en la zona industrial que se encuentra en las inmediaciones del aeropuerto.
Las operaciones se realizaron en una superficie total de 19 mil 800 metros cuadrados, y la descarga final de la planta de tratamiento se haría al río Xopanac, afluente del río Atoyac.
Permisos municipales de construcción
En la resolución del Manifiesto de Impacto Ambiental Modalidad Particular del Proyecto Integral para la construcción del sistema de alcantarillado pluvial etapa 2, aprobado por la Secretaría de Medio Ambiente, Desarrollo Sustentable y Ordenamiento Territorial, se hace referencia al expediente de la factibilidad de uso de suelo L.U.S.-035-2018, expedido el 9 de junio de 2018 por el ayuntamiento de Huejotzingo, por lo que se presentó una solicitud a dicha autoridad municipal para proporcionarlo pero lo declaró inexistente.
Por esta razón, se solicitaron al ayuntamiento de Huejotzingo los permisos de construcción y factibilidad de uso de suelo expedidos entre junio de 2018 al 15 de enero de 2020 en la zona industrial.
Sin embargo, aunque se pidió que se entregara la información por medio de la Plataforma Nacional de Transparencia, el ayuntamiento dijo que los permisos de construcción sólo se encontraban en formato CD y que era necesario ir directamente a las oficinas del municipio a recogerlo.
En cuanto a la factibilidad de uso de suelo, el ayuntamiento reportó que en dicho periodo se expidieron 12 licencias de uso de suelo, de las cuales ocho fueron a empresas, tres personas físicas y una del gobierno del estado de Puebla, sin dar mayores detalles al respecto.
No hay información confiable
Con base en lo anterior, se puede observar que no se puede tener un panorama claro acerca de la situación del río Metlapanapa porque no hay información confiable y porque no es posible acceder a ésta.
Por otra parte, existen muchas irregularidades en tanto en la información que mandaron cada uno de los entes públicos como en la información previamente publicada, lo cual podría evidenciar una falta de coordinación entre las dependencias estatales y municipales.
Un ejemplo de esto es la disparidad en cuanto a la información de las empresas que están en la zona industrial, pues no sólo organismos federales reportan algunas que no están en los padrones estatales, sino que la propia Secretaría de Economía estatal pareciera no tener claro el listado de las empresas de Ciudad Textil, de acuerdo con las respuestas proporcionadas.
Además, no hay certeza en cuanto a los permisos que hay para el proyecto el cual sigue suspendido debido a que gran parte de la información se encuentra reservada o en declaratoria de inexistencia.
Esto representa no sólo una violación al derecho de acceso a la información, sino que además podría representar una vulneración al derecho a un medio ambiente sano, pues los ciudadanos carecen de información sobre la situación ambiental de la zona donde viven, lo cual los pone en una situación de riesgo.
Si bien las reservas de la información se deben a que se trata de una obra en proceso, y que ahora se encuentra bajo un proceso judicial, al tratarse de un asunto de interés público y social, se deberían hacer púbicos los documentos del proyecto para así dar certezas a la ciudadanía y atender las demandas de los pobladores que llevan más de un año en lucha en contra de la obra.
Publicado originalmente en http://conlosojosabiertos.org.