• Política

Castigarán secuestro animal y duplicarán penas por maltrato

  • Héctor Llorame
Prevén aumentar hasta nueve veces las multas que existen actualmente
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Las reformas para aumentar las sanciones por maltrato animal en Puebla contemplan duplicar las penas de cárcel, subir hasta nueve veces las multas y tipificar el delito de secuestro animal.

Así lo adelantó Nora Yéssica Merino Escamilla, al confirmar que el miércoles presentará la iniciativa para endurecer el maltrato animal que anunció la semana pasada, tras el rescate de 45 animales en un departamento de Bosques de San Sebastián.

En entrevista este lunes dio a conocer que se contempla modificar la Ley de Bienestar Animal para que se contemple como delito el robo y secuestro de animales domésticos.

Actualmente esta norma solo prevé multas generales de hasta 1 millón 689 mil 800 pesos por violar alguno de sus artículos, por lo que se busca hacerla más precisa.

La diputada del PES denunció que la generalidad provoca vacíos legales que impiden que se sancione adecuadamente el maltrato.

Se proyecta además adecuar el Código Penal del estado, para incluir el secuestro y robo de mascotas como una actividad ilícita, dentro de la sección de Delitos en contra de los Animales.

Este apartado contempla actualmente castigos hasta con seis años de prisión el maltrato animal, por lo que se perfila elevar la pena máxima a ocho.

A la vez incluye multas de hasta cien días de salario mínimo, es decir, 10 mil 200 pesos, por lo que se pretende ampliarlas hasta los 90 mil.

Las penas vigentes

El artículo 470 del Código Penal señala que: “al que mediante acción u omisión, realice actos de maltrato o crueldad en contra de cualquier animal con la intención de ocasionarle dolor, sufrimiento o afectar su bienestar, de manera ilícita o sin causa justificada, provocándole lesiones que no pongan en peligro la vida, se le impondrán de seis meses a dos años de prisión y multa de cincuenta a cien días de salario.

Si las lesiones ponen en peligro la vida del animal, las penas se incrementarán en una mitad.

Si los actos de maltrato o crueldad provocan la muerte del animal, se impondrán de dos a cuatro años de prisión y multa de doscientos a cuatrocientos días de salario”.

El 472 precisa que: “las sanciones previstas en el artículo 470 se incrementarán en una mitad en los supuestos siguientes: I. si se prolonga innecesariamente la agonía o el sufrimiento del animal; II. si se utilizan métodos de extrema crueldad; o III. si además de realizar los actos de maltrato o crueldad en contra de cualquier animal, el sujeto activo los capta en imágenes, fotografía o videograba para hacerlos públicos por cualquier medio”.

Foto: Agencia Enfoque

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