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Oficial: Ratifica TEPJF triunfo de Alonso y rechaza nueva elección

  • Norberto López
El magistrado José Luis Vargas Valdez mantuvo su proyecto para anular la elección a gobernador, sin embargo sólo obtuvo el apoyo de dos de sus compañeros
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El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación desechó las impugnaciones que promovieron Luis Miguel Barbosa Huerta (SUP-JRC-517/2018) y Morena (SUP-JRC-204/2018) contra la elección por la gubernatura de Puebla y avaló el triunfo de la candidata de la coalición “Por Puebla al Frente”, Martha Erika Alonso Hidalgo, en los comicios del pasado 1 de julio.

Los magistrados Reyes Rodríguez Mondragón, Indalfer Infante González, Felipe de la Mata Pizaña y Janine Otálora Malassis, quien definió la votación, avalaron rechazar el proyecto de sentencia del magistrado José Luis Vargas Valdez, quien proponía la anulación de la elección a gobernador.

La Sala Superior definió con 4 votos a favor que no existieron pruebas suficientes para revocar el triunfo de Martha Erika Alonso Hidalgo, ni para anular los comicios.

Señalan insuficiencia de pruebas

El magistrado Reyes Rodríguez Mondragón puntualizó que las violaciones que se acreditaron en la jornada electoral como los hechos de violencia, el robo o destrucción de urnas en 59 casillas, el robo de cuatro urnas y 800 boletas encontradas en una camioneta volcada, el uso indebido de un vehículo del ayuntamiento de Cuetzalan, además de algunas irregularidades atribuidas a los integrantes del OPLE en la custodia de los paquetes electorales almacenados en la bodega central, “no llevan a la nulidad de la elección”.

“Considero que estas violaciones o estas conclusiones, inclusive, suponiendo sin conceder que existieron, no deben llevar a anular la elección”.

Concluyó que con las evidencias que se aportaron no se puede confirmar que existió alteración de los paquetes electorales por parte de funcionarios electorales locales en la bodega central.

Rodríguez Mondragón apuntó que las meras posibilidades o hipótesis sobre suposiciones cuando no hay mayor prueba, no pueden derrotar la confianza en las autoridades que organizan las elecciones.

Por su parte, el magistrado Felipe de la Mata Pizaña aseguró que las pruebas aportadas fueron insuficientes para acreditar diversas irregularidades, ya que el traslado de la paquetería electoral si se realizó con apego a la normatividad.

No se aprobó la responsabilidad de algún funcionario estatal en el robo de material electoral ni en la detención de brigadistas, tampoco se comprobó la compra generalizada de votos ni la sustracción de documentos, no existió el llamado “laboratorio electoral”, no se advierte en qué forma las actuaciones pasivas de las autoridades electorales perjudicaban al actor”.

De igual forma, sostuvo que las evidencias que se acreditaron “no afectan de forma grave o generalizada el resultado de la elección, en particular el uso de un vehículo oficial del ayuntamiento de Cuetzalan al transportar material electoral; el robo de cuatro urnas y 800 boletas encontradas en una camioneta volcada”.

Mata Pizaña aseveró que anular una elección con la simple presunción de una manipulación de paquetes, hubiera sentado un precedente contrario a los principios rectores del Derecho Electoral.

“Anular una elección es una decisión que debe analizarse con perspectiva integral para evitar vacíos o argumentos sin fundamento… solo hasta probarse que los actos suscitados son realmente graves, generalizados y determinantes, y ante la ausencia de otra opción la nulidad. Solo en ese caso será la última solución”, explicó.

A favor de anular la elección votaron los magistrados José Luis Vargas Valdez, Felipe Alfredo Fuentes Barrera y Mónica Aralí Soto Fregoso, quienes consideraron que las autoridades electorales de Puebla no garantizaron la seguridad en el resguardo de los paquetes electorales.

No prosperó anulación de la elección

El magistrado José Luis Vargas Valdez, autor del proyecto de sentencia para anular la elección, sostuvo que el cúmulo de irregularidades advertidas tuvo un impacto en la totalidad de los paquetes en los que debieron resguardarse los votos y boletas utilizados en la elección, así como en la documentación en la que ese consignó el resultado de la voluntad ciudadana que participó el pasado primero de julio.

“Las irregularidades resultan determinantes para el resultado y la validez de los comicios pues involucran hechos y actuaciones que tienen injerencia respecto de la emisión de un sufragio libre y sin presiones por parte de la ciudadanía en principio de equidad en la contienda, así como el indebido actuar de la autoridad administrativa respecto del cómputo, resultados, manejo y resguardo de la totalidad de la paquetería y la documentación, información contenida en esta en la que se recogió la voluntad de la ciudadanía que sufragio en las elecciones”.

Aseveró que tales irregularidades, impidieron que se tenga certeza respecto de las cifras obtenidas en el recuento ordenado por esta Sala Superior, pues si no se garantizaron las condiciones necesarias de inviolabilidad de los paquetes electorales durante el tiempo de resguardo en la bodega central del instituto local, no existe plena certeza de que la información asentada en la documentación y los paquetes electorales haya estado exento de manipulación y que, por tanto, datos obtenidos pudieran sustituir plenamente el deficiente cómputo realizado por el instituto estatal electoral.

La elección huele mal, antes, durante y después de la elección”, refirió.

En su exposición de motivos el magistrado Vargas Valdez indicó que en el proceso de impugnación propuesto por Morena y Miguel Barbosa Huerta, asistió la razón a los promoventes, ya que se violó la cadena de custodia de los paquetes y documentación electoral en la Bodega Central del Instituto Electoral del Estado de Puebla (IEE).

Aseguró que se confirmó que existió manipulación, ya que se accedió en más de 50 veces a la bodega central y había más de 1 acceso al sitio donde se resguardaba la paquetería, sin las medidas de seguridad necesarias por parte de la autoridad electoral del estado.

Indicó que por el indebido actuar de las autoridades locales electorales en el traslado y resguardo del material electoral y el gran cúmulo de las regularidades, resultan determinantes para descartar la validez de los comicios del pasado 1 de julio.

Consideró, que las autoridades administrativas electorales locales no atendieron en su integridad el procedimiento normativo y las medidas dispuestas para el manejo y resguardo de los paquetes electorales en la bodega, desatención que fue suficiente para considerar que la documentación y los paquetes electorales estuvieron expuestos a manipulación o alteración de su contenido o la información en ellos asentada.

Puntualizó que la actuación del Instituto Estatal Electoral implicó la vulneración a la garantía de audiencia de los partidos políticos que participaron en la elección, al privarlos del derecho de presenciar la multiplicidad de actuaciones que desarrolló la autoridad al acceder al área de almacenamiento en al menos 50 ocasiones a la bodega donde se resguardaba la paquetería electoral.

50 veces entró la autoridad electoral, abrió la puerta de la bodega donde estaban todos los paquetes electorales de las tres elecciones que se llevaron a cabo en el Estado de Puebla, incluyendo la de gobernador, accedieron a la bodega, manipularon los paquetes, abrieron paquetes, trasladaron paquetes sin conocimiento de los partidos políticos”.

Por otra parte, señaló que existía más de una puerta de acceso a la bodega general y al área de resguardo, por lo cual no existe la certeza que hubiesen sido cerradas y selladas, previo a que se recibió la papelería electoral para su resguardo.

“Lo anterior, resulta fundamental, porque representa, a mi modo de ver la integridad de la voluntad popular contenida en las urnas, que es la condición esencial para: ante la duda, garantizar certeza”.

Sobre el recuento voto por voto, casilla por casilla que ordenó el TEPJF, Vargas Valdez, señaló que se acreditó la violación a la cadena de custodia de los paquetes en poder de la autoridad local electoral, por lo cual el resultado del recuento, no fue confiable ni certero, pues no se aseguró debidamente la integridad de los paquetes.

“Y eso tiene una razón muy básica y muy elemental, y es precisamente que la finalidad con la cual nosotros ordenamos ese recuento general de la elección a Gobernador de Puebla fue viciado, a mi modo de ver, toda vez que previo a eso fue la violación a la cadena de custodia, con lo cual, si nosotros habíamos, con esa orden de recuento habíamos invalidado el cómputo distrital y se volvió a recontar, en medio de esas acciones existe precisamente una afectación fundamental que erosionó la certeza en el resultado de las elecciones”.

Hubo dilación por parte del TEPJF

Vargas Valdez acusó que hubo dilación por parte del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación para definir la impugnación para anular la elección a gobernador de Puebla.

Se mostró preocupado respecto a que la transparencia de la Sala Superior se quedé en mero discurso y que las decisiones del Pleno este a expensas de los cabilderos para influir en la votación.

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