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Violencia en casillas de distritos 2 y 11 no anula elección: TEPJF
Los actos de violencia que se reportaron en las casillas de los distritos 2 y 11 del estado de Puebla no son suficientes para anular la elección por diputaciones federales, según lo determinó la sala regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
Así lo definieron este viernes los magistrados al confirmar resultados electorales correspondientes a la Ciudad de México, Guerrero, Morelos, Tlaxcala y Puebla, que fueron impugnados por el PRI, Movimiento Ciudadano, el PRD, el PAN y Morena.
En el caso del distrito federal 11 con cabecera en la capital tuvo mayoría Morena; mientras que en el 2 de Puebla, que tiene como cabecera a Zacatlán, fue ganado por la coalición del PAN, PRD y MC.
Los magistrados señalaron que si bien se acreditaron hechos de violencia en 32 casillas del distrito 11 en Puebla, que incluso ocasionaron la suspensión de la votación, “no fueron determinantes para decretar la nulidad de la elección al no trascender de manera significativa en inhibir el sufragio de la ciudadanía”.
Argumentaron que el “carácter cívico” de la población hizo que las actividades se reanudaran con relativa celeridad y que las personas continuaran votando, logrando una importante participación ciudadana en la elección.
Caso similar se registró en el distrito 2 de Puebla, “porque los hechos de violencia que, si bien fueron muy graves y reprochables, se suscitaron de manera focalizada en un domicilio particular, por lo que, de las pruebas aportadas por el PRI, no se demostró cómo dichos actos afectaron en toda la elección, ni porque fueron determinantes en el resultado”.
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Confirman cómputo para senadurías de mayoría en Puebla
La Sala Regional Ciudad de México confirmó además el cómputo de la elección para senadurías de mayoría relativa en Puebla, llevado a cabo por el Consejo local del INE, controvertido por el PRI.
“Lo anterior, porque al momento de resolver este juicio de inconformidad, no se cuenta con prueba que acredite el rebase de gastos de campaña argumentado por el partido inconforme”.
Ello es así, porque será hasta el 6 de agosto cuando el Consejo General del INE emita el dictamen consolidado de ingresos y gastos y, de conformidad con la normatividad electoral, los juicios de inconformidad deben ser resueltos a más tardar el 3 de agosto; razón por la cual la Sala Regional no podría esperar a contar con dicha prueba para resolver el presente asunto.
Sin embargo, ello no impide al partido que, una vez aprobado el dictamen consolidado y, en caso de que dicha resolución resulte diversa a sus intereses, promueva la impugnación y presente los elementos de prueba con el objeto de demostrar el supuesto exceso de gastos de campaña que refiere.
La elección al Senado en Puebla fue ganada por Morena.
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