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Sólo en estos casos un policía puede realizarte una inspección a ti o a tu vehículo

Un ciudadano sólo podrá ser sometido a una inspección sin orden judicial cuando exista una investigación en curso o que se le haya denunciado
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La Suprema Corte de Justicia de la Nación autorizó que los policías realicen inspecciones de personas y vehículos sin orden judicial, pero no de manera arbitraria.

La Corte indica que no es lo mismo un cateo que una inspección.

El cateo es la revisión de un domicilio y para que lo puedan realizar las autoridades es obligatorio que haya una orden judicial de por medio. La inspección, es una revisión de la persona para averiguar si lleva consigo armas o drogas.

Un ciudadano sólo podrá ser sometido a una inspección sin orden judicial cuando exista una investigación en curso o que se le haya denunciado.

Un policía no puede revisar a un ciudadano nada más porque se le ocurre, porque es ilegal.

Las autoridades sólo pueden realizar una inspección cuando una persona ya fue denunciada ante el Ministerio Público o ante los policías.

Sin ciudadano es sorprendido cometiendo un delito, es legal que los policías realicen una inspección.

Los policías no pueden revisar los vehículos sólo porque el conductor cometió una infracción de tránsito.

Solo en casos que el conductor les parezca sospechoso, los policías podrán inspeccionar un automóvil y los pasajeros, pero deberán argumentarlo ante un juez o de lo contrario, la inspección será ilegal.

Crédito de la foto Mientras Tanto en México

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