- Sociedad
Suspende juez federal paso de servidumbre en Lomas de Angelópolis
El Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Amparo Civil dejó sin efecto la medida precautoria derivada de un juicio ordinario civil que promovió la empresa Cranon Inmobiliaria a través de su representante Héctor Hernández Castillo, mediante el cual pretendía la construcción de un paso de servidumbre para darle acceso a los propietarios del residencial El Delirio, esto luego de que el juez federal falló a favor de los condóminos del Residencial Zona Azul.
Hay que recordar que condóminos de la Zona Azul de Lomas de Angelopolis, votaron hace quince días en su asamblea en contra de la adhesión del residencial El Delirio, por ser un proyecto ajeno a Lomas de Angelópolis, asimismo se puso sobre la mesa un presunto tráfico de influencia o soborno al juez segundo de lo civil, Hugo Alejandro Teutli.
Motivo por el cual los vecinos de la Zona Azul promovieron el juicio de amparo contra la resolución del Juzgado Segundo Civil en el cual se decretó la construcción temporal de servidumbre legal de paso la cual se dictó dentro del expediente 2432/2016/ Cholula.
Vecinos de la zona Azul prevén que debido a los cargos públicos que algunos de los socios ostentan, se efectuó un supuesto tráfico de influencias para lograr la adhesión del residencial El Delirio, y que por ello en los fallos a favor que obtuvieron en el Juzgado Segundo Civil se pasó por alto que en la solicitud de Cranon Inmobiliaria se reconoció que el conjunto tenía accesos al fraccionamientos, por lo cual quedaba por demás un paso de servidumbre.
De tal manera que ahora los socios de Cranon Inmobiliaria, Héctor Elias Sulaiman Safi y su hermano Juan Manuel, así como los empresarios José Luis Ventosa Pedroche, Santiago Abraham Aramburo, Ricardo Allegue Barrera, Fernando Valdez López, y Miguel García Maristany, quienes pretendían adherir el nuevo fraccionamiento al residencial Lomas de Angelópolis, deberán de acatar la disposición de la justicia federal.
De lo contrario se podrían hacer acreedores a una pena de tres a nueve años de prisión, multa de 50 a 500 días de salario o destitución e inhabilitación de tres a nueve años para desempeñar otro cargo, empleo o comisión pública.
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