- Política
TEPJF desecha quejas contra elección y confirma a Gali como gobernador
José Antonio Gali Fayad fue declarado este miércoles como gobernador electo de Puebla, tras el voto unánime de los magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), por lo que el 1 de febrero asumirá la titularidad del Poder Ejecutivo.
A un día de dejar sus cargos como integrantes de la Sala Superior, los magistrados desecharon las impugnaciones de los partidos Revolucionario Institucional (PRI) y Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), así como de las excandidatas Ana Teresa Aranda Orozco (independiente) y Roxana Luna Porquillo (PRD).
Faltó sustento, señalan magistrados
Al detallar la resolución de los casos, el magistrado presidente Constancio Carrasco Daza señaló que los partidos políticos y las excandidatas no sustentaron los agravios con los que pretendieron anular el resultado de la elección del 5 de junio, la cual favoreció a Gali Fayad.
Para controvertir el resultado de la elección, los inconformes argumentaron irregularidades en las actas de escrutinio y cómputo, la intimidación del gobierno de Rafael Moreno Valle hacia los electores, la compra de votos, el rebase de tope de gastos de campaña por parte de Gali Fayad y los partidos que lo postularon (PAN, Panal, CPP, PSI y PT).
Además del uso de recursos públicos en la entrega de tinacos y paquetes escolares, los descuentos aplicados a las fotomultas y la condonación de recargos en el servicio de agua, entre otros.
Sin embargo, para el magistrado Carrasco Daza -primo de Diódoro Carrasco Altamarino, titular de la SGG en Puebla- las pruebas presentadas por el PRI, Morena, Aranda Orozco y Luna Porquillo no contaban con el sustento necesario para declarar la nulidad de la elección.
“En ese sentido, tal y como lo resolvió la juzgadora responsable (Tribunal Electoral del Estado de Puebla), las notas periodísticas aportadas por los inconformes no fueron aptas para acreditar, primero los hechos o conductas individuales que, según la postura de los inconformes, implicaron la utilización de programas sociales con fines proselitistas por parte del Gobierno del estado de Puebla”, se precisa en la sentencia de Carrasco Daza.
En Puebla sí hubo violencia política de género: Alanís
Al anunciar un voto concurrente, la magistrada María del Carmen Alanís Figueroa puntualizó que durante el desarrollo del proceso electoral se demostró que hubo violencia política de género en contra de Aranda Orozco y de Blanca Alcalá Ruiz, exabanderada del Revolucionario Institucional, pero que tal circunstancia no podría considerarse para anular la elección.
En su participación, la integrante de la Sala Superior sostuvo que el Instituto Electoral del Estado (IEE) incurrió en faltas para frenar a la expanista, lo que provocó su participación no se diera en condiciones de igualdad con el resto de los aspirantes a la gubernatura.
“Sí se acreditó violencia política de género contra las dos candidatas (Ana Teresa Aranda Orozco y Blanca Alcalá Ruiz), no es de tal magnitud para llevar a la nulidad de la elección, pero sí quiero emitir voto concurrente porque hay precedentes que esta Sala declaró fundados. En el caso de Ana Teresa Aranda señala como agravio que la autoridad obstruyó de diversas formas su participación en el proceso electoral, lo cual la llevó a contender en condiciones de desigualdad constituyendo violencia política de género”, expuso la magistrada.
Respecto a la violencia política de género en contra de Alcalá Ruiz, recordó que hubo materiales propagandísticos en los que se desestimó la carrera política de la senadora, al señalar que obtuvo la candidatura gracias al exgobernador Mario Marín Torres.
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Salvan a Compromiso por Puebla
Al considerar que Morena no informó al Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) sobre los centros de votación en los que se manipularon actas electorales para favorecer a al partido local Compromiso por Puebla, el magistrado Carrasco Daza señaló que el agravio denunciado debía desestimarse.
De esta manera, el partido aliado al gobernador Rafael Moreno Valle conservará su registro ante el Instituto Electoral del Estado y obtendrá prerrogativas para el 2017.
“En cuanto al agravio de que el Tribunal responsable omitió allegarse de medios de prueba para decretarse la nulidad de la votación recibida en diversas casillas por estimar que los resultados fueron modificados en los Consejos Municipales a fin de favorecer al partido local Compromiso por Puebla, también se desestima porque de modo alguno no podría exigirse al órgano jurisdiccional recabar elementos probatorios al no haberse identificado los centros de votación para el análisis correspondiente”.
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