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Sistema anticorrupción poblano se queda corto frente a otros estados
La iniciativa que el gobernador Rafael Moreno Valle presentó para crear en Puebla un Sistema Estatal Anticorrupción no requiere a los servidores públicos presentar su declaración fiscal como se planteó en Sonora, estado de México y Guanajuato y tampoco elimina el fuero constitucional como procedió en Jalisco.
La propuesta del mandatario también se aleja de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción impulsada por el presidenteEnrique Peña Nieto, pues no contempla la conformación de un sistema con nombres y adscripción de los funcionarios que intervengan en procesos de contratación pública, otorgamiento de concesiones o enajenaciones de bienes públicos.
Fue este miércoles –a cuatro meses de que concluir su sexenio– cuando Moreno Valle presentó al Poder Legislativo una propuesta parainstaurar en Puebla un sistema estatal anticorrupción, misma que en caso de aprobarse ya no aplicaría a los integrantes de su administración.
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Propuesta de RMV pasa por alto declaración fiscal
El documento establece como obligación de los servidores públicos presentar declaración patrimonial y de intereses, pero no hace referencia a la declaración fiscal, la cual demuestra que un contribuyente ha cumplido con el pago de sus impuestos.
Caso contrario es el sistema anticorrupción que en julio pasado fue aprobado en Sonora, pues este requiere a los servidores públicos cumplir con los tres documentos. Lo mismo ocurre en el Estado de México, pues en la iniciativa presentada por el gobernador de esa entidad, Eruviel Ávila, en agosto de este año, también se requiere tal documentación.
En el caso de Guanajuato, en donde el esquema que busca combatir la impunidad fue aprobado en agosto pasado, sólo se requiere a los funcionarios presentar una constancia que acredite que cumplieron con su declaración fiscal.
Persiste fuero y sólo se retira tras votación del Congreso
La propuesta de Moreno Valle no elimina el fuero constitucional para los servidores públicos, como sí se estableció en Jalisco, cuyo sistema anticorrupción fue aprobado en septiembre de este año.
En la iniciativa del Ejecutivo poblano se plantea una reforma al artículo 126 de la Constitución Política del estado, en la que se indica que los funcionarios tendrán esta protección a menos que dos terceras partes de los diputados se las retiren.
“Para procesar por un delito del orden común a un Diputado, al Gobernador, al Auditor Superior, a un Magistrado o a un Consejerode la Judicatura del Poder Judicial del Estado, se necesita que la Legislatura, erigida en Gran Jurado, declare por los dos tercios de los votos de sus miembros presentes, si ha lugar o no a formarle causa. En caso negativo, no habrá lugar a procedimiento ulterior, pero tal declaración no prejuzga sobre los fundamentos de la acusación ni impide que ésta continúe su curso cuando el acusado haya dejado de tener fuero. En el afirmativo, quedará el acusado separado de su cargo y sujeto a la acción de los Tribunales Ordinarios”.
Sin referencia a los procedimientos de contratación
Otro aspecto que la propuesta poblana no prevé es la creación de una fiscalía especializada contra delitos electorales, la cual sí fue aprobada en Sonora.
Por otra parte, la iniciativa de Moreno Valle no prevé la creación de un sistema específico que contenga los nombres y adscripción de los servidores públicos que intervengan en procedimientos de contrataciones públicas o en la atención y resolución de la adjudicación de un contrato, concesión, licencia, permiso o autorización y sus prórrogas, así como en la enajenación de bienes muebles y aquellos que dictaminan en materia de avalúos, el cual será actualizado quincenalmente, aspecto que sí contempla la Ley del Sistema Nacional Anticorrupción.
Debe apuntarse que en septiembre pasado la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó los sistemas anticorrupción aprobados en Veracruz y Chihuahua -debido a que los ministros consideraron que los congresos de esas entidades carecían de competencia para legislar en la materia-, por haberlos emitido antes de que fueran promulgadas las leyes secundarias de la normativa federal.
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