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Iniciaría este lunes proceso para anular registro al PSI en Puebla

  • Efraín Núñez
Se definirá la “votación válida emitida” y a los partidos que no obtuvieron el 3 por ciento en las elecciones del 5 de junio
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El Consejo General del Instituto Electoral del Estado (IEE) sesionará este lunes para dar cumplimiento a la sentencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) para definir el concepto de “votación válida emitida” e informar a la Comisión de Fiscalización respecto a los partidos que no obtuvieron el 3 por ciento en las elecciones del 5 de junio.

Sebastián Pérez Justo, representante del partido Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) ante el IEE, manifestó que lo anterior implica que se tendrá que nombrar un interventor para iniciar de manera provisional el proceso de liquidación del Partido Pacto Social de Integración (PSI).

En entrevista vía telefónica, Pérez Justo subrayó que en los alcances de la sentencia del Tribunal emitida el miércoles 14 se establece que cuanto antes se corrigiera la omisión de determinar el concepto de “votación válida emitida”, por lo que este lunes sesionará el Consejo General a las 13:00 horas.

“Mañana (lunes) sesionará el Consejo General. En los alcances se establece que hay consecuencias normativas y se instauran procedimientos de liquidación. Esto implica que se da vista a la Comisión de Fiscalización y se tiene que nombrar un interventor para una etapa preventiva”.

Subrayó que es posible que el IEE intente alguna “estrategia” para evitar que los partidos con registro nacional que no lograron el 3 por ciento de la votación válida emitida, es decir, PT y PVEM, conserven sus prerrogativas para el próximo año.

Sin embargo, manifestó que la consecuencia de determinar la votación válida emitida no solo es que el PSI pierda el registro como partido político estatal, sino que los partidos con registro no que no lo alcanzaron el porcentaje pierdan sus prerrogativas.

El representante partidista cuestionó la posición que adoptó el partido Movimiento Ciudadano, el cual no participó en esta elección, de buscar que en esta elección no aplicaran estas reglas al ser una “elección atípica”.

El 14 de septiembre la Sala Superior del TEPJF dio la razón a MORENA, en el sentido de que el Instituto Electoral del Estado incurrió en una omisión al no dar vista a la Comisión de Fiscalización sobre los partidos políticos que no obtuvieron el 3 por ciento de la votación válida emitida.

Los magistrados declararon que son fundados los motivos de disenso al sostener que el órgano electoral debió dar vista a la instancia de fiscalización ya que contaba con los elementos para ello.

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